III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2023-11549)
Resolución de 7 de mayo de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con Procesa Sociedad de Desarrollo de Ceuta, SA, para el fomento de la innovación y el desarrollo tecnológico en la Ciudad de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67756
activamente en la promoción, difusión y apoyo de la tecnología y la innovación en la
Ciudad de Ceuta («Boletín Oficial del Estado» del 29 de julio de 2019, número 180).
II. Que, el convenio tiene una duración prevista inicial de cuatro (4) años a contar
desde el 29 de julio de 2019, fecha en la que se publicó en el «Boletín Oficial del
Estado» y adquirió eficacia. Así pues, la vigencia del convenio finaliza el próximo 28 de
julio de 2023.
III. Que, en la cláusula décima del propio convenio se encuentra contemplada la
posibilidad de que éste sea prorrogado, unánimemente, por un periodo de hasta cuatro
años adicionales.
IV. Que, las partes manifiestan su interés en prorrogar el convenio por cuatro años
más dado el éxito de las actuaciones de cooperación llevadas a cabo hasta la fecha
derivadas del mismo.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir el presente documento,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
A través del presente documento se procede a prorrogar la duración del convenio.
Así pues, las partes acuerdan prorrogar la duración del convenio por cuatro (4) años
desde la finalización del periodo inicialmente acordado para el mismo, es decir, desde el
próximo 29 de julio de 2023 hasta el 28 de julio de 2027.
Segunda.
Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
Tercera. Eficacia de la Adenda.
La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.
cve: BOE-A-2023-11549
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento con
fecha 28 de abril de 2023.–La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación, E.P.E. (CDTI), Teresa Riesgo Alcaide.–La Presidenta de Procesa Sociedad
de Desarrollo de Ceuta, SA, Kissy Chandiramani Ramesh.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67756
activamente en la promoción, difusión y apoyo de la tecnología y la innovación en la
Ciudad de Ceuta («Boletín Oficial del Estado» del 29 de julio de 2019, número 180).
II. Que, el convenio tiene una duración prevista inicial de cuatro (4) años a contar
desde el 29 de julio de 2019, fecha en la que se publicó en el «Boletín Oficial del
Estado» y adquirió eficacia. Así pues, la vigencia del convenio finaliza el próximo 28 de
julio de 2023.
III. Que, en la cláusula décima del propio convenio se encuentra contemplada la
posibilidad de que éste sea prorrogado, unánimemente, por un periodo de hasta cuatro
años adicionales.
IV. Que, las partes manifiestan su interés en prorrogar el convenio por cuatro años
más dado el éxito de las actuaciones de cooperación llevadas a cabo hasta la fecha
derivadas del mismo.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir el presente documento,
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
A través del presente documento se procede a prorrogar la duración del convenio.
Así pues, las partes acuerdan prorrogar la duración del convenio por cuatro (4) años
desde la finalización del periodo inicialmente acordado para el mismo, es decir, desde el
próximo 29 de julio de 2023 hasta el 28 de julio de 2027.
Segunda.
Subsistencia del resto del convenio.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
Tercera. Eficacia de la Adenda.
La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.
cve: BOE-A-2023-11549
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento con
fecha 28 de abril de 2023.–La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación, E.P.E. (CDTI), Teresa Riesgo Alcaide.–La Presidenta de Procesa Sociedad
de Desarrollo de Ceuta, SA, Kissy Chandiramani Ramesh.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X