III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2023-11550)
Resolución de 7 de mayo de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el fomento de la innovación y el desarrollo tecnológico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Lunes 15 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 67758

(en adelante CDTI) y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, suscribieron,
al amparo de lo previsto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un convenio para colaborar
activamente en la promoción, difusión y apoyo de la tecnología y la innovación en
Castilla-La Mancha («Boletín Oficial del Estado» del 13 de agosto de 2019, número 193).
II. Que, el Convenio tiene una duración prevista inicial de cuatro (4) años a contar
desde el 13 de agosto de 2019, fecha en la que se publicó en el «Boletín Oficial del
Estado» y adquirió eficacia. Así pues, la vigencia del Convenio finaliza el próximo 12 de
agosto de 2023.
III. Que, en la cláusula décima del propio Convenio se encuentra contemplada la
posibilidad de que éste sea prorrogado, unánimemente, por un periodo de hasta cuatro
años adicionales.
IV. Que, las partes manifiestan su interés en prorrogar el convenio por cuatro años
más dado el éxito de las actuaciones de cooperación llevadas a cabo hasta la fecha
derivadas del mismo.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir el presente documento,
con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

A través del presente documento se procede a prorrogar la duración del Convenio.
Así pues, las Partes acuerdan prorrogar la duración del Convenio por cuatro (4) años
desde la finalización del periodo inicialmente acordado para el mismo, es decir, desde el
próximo 13 de agosto de 2023 hasta el 12 de agosto de 2027.
Segunda.

Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo
establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
Tercera.

Eficacia de la Adenda.

La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes y será eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será
publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.

cve: BOE-A-2023-11550
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento con
fecha 28 de abril de 2023.–La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la
Innovación, E.P.E. (CDTI), Teresa Riesgo Alcaide.–La Consejera de Educación, Cultura y
Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Rosa Ana Rodríguez
Pérez.–La Consejera de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha, Patricia Franco Jiménez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X