III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-11553)
Resolución de 3 de mayo de 2023, del Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Lunes 15 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 67771

otras entidades, que permitan completar el proceso formativo con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos.
II. Que el Consorcio Centro de Investigación Biomédica en Red, es un Consorcio
constituido por diversas instituciones y centros de investigación con sede social en
distintas Comunidades Autónomas, el CSIC, M.P. y el Instituto de Salud Carlos III, O.A,
M.P., el cual, de conformidad con el artículo 2 de sus estatutos, es uno de los
instrumentos de los que dispone la Administración para alcanzar las metas establecidas
en la Estrategia Estatal y en el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de
Innovación, así como contempla que son finalidades específicas del Consorcio las
siguientes:
a) La realización de programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación
en las áreas temáticas de Bioingeniería, Biomateriales y Nanomedicina, Enfermedades
Raras, Enfermedades Respiratorias, Enfermedades Hepáticas y Digestivas,
Epidemiología y Salud Pública, Salud Mental, Diabetes y Enfermedades Metabólicas y
Fisiopatología de la Obesidad y Nutrición, Fragilidad y Envejecimiento Saludable,
Enfermedades Cardiovasculares, Cáncer, Enfermedades Neurodegenerativas y
Enfermedades Infecciosas.
b) Contribuir a la resolución de los problemas de la asistencia sanitaria
relacionados con dichas áreas.
c) Promover la participación en actividades de investigación de carácter nacional y
especialmente de las incluidas en los Programas Marco Europeos de I+D+I.
d) Promover la transferencia y la explotación económica de resultados de los
procesos de investigación hacia la sociedad y en especial al sector productivo para
incrementar su competitividad.
e) Promover la difusión de sus actividades y la formación de investigadores
competitivos en el ámbito de cada área temática de investigación.

Ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto establecer las condiciones en las que estudiantes de
la Universidad realizarán un programa de prácticas externas de cualquier enseñanza
impartida por la Universidad, tanto oficial como propia.

cve: BOE-A-2023-11553
Verificable en https://www.boe.es

III. Que la propia Universidad y la entidad colaboradora, dentro de los campos de
actividad que le son propios, desea participar en la formación del estudiantado
universitario con objeto de contribuir a su formación integral, facilitar el conocimiento de
la metodología de trabajo para un mejor desempeño de su trabajo profesional, favorecer
el desarrollo de competencias en este ámbito, así como su emprendimiento y su
empleabilidad.
IV. Lo anteriormente expuesto se desarrolla en el marco de lo establecido en el
Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, el Real Decreto 822/2021, de 28 de
septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y
del procedimiento de aseguramiento de su calidad, el Real Decreto 1791/2010, de 30 de
diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, el
Decreto 214/2003 de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid por el que se aprueban los Estatutos de la UAM, el Decreto 94/2009, de 5 de
noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se modifican
los Estatutos de la UAM, de las Directrices de Prácticas Externas de la UAM, de 16 de
julio de 2020 y la Normativa de Enseñanzas Oficiales de Posgrado de la UAM, de 10 de
julio de 2008, del Consejo de Gobierno de la Universidad Autónoma de Madrid.