III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-11534)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la segunda Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Petín para la financiación, ejecución y entrega de las obras de prolongación del Paseo del Malecón en Petín (Petín-Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67572
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 28 de julio de 2022 (BOE núm. 189 de 8 de agosto) se otorgó el
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de
Petín para la financiación, ejecución y entrega de las obras de prolongación del Paseo
del
Malecón
en
Petín
(T.M.
de
Petín-Ourense).
PdM
MIÑO-SIL
ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, con un importe previsto de 1.128.000 euros y una
previsión de ejecución en las anualidades 2022 y 2023.
II. Que en fecha 22 de diciembre de 2022 (BOE núm. 2, de 3 de enero de 2023) se
otorgó una adenda por la que se incrementaba en una anualidad el período de ejecución
de la actuación y se modificaban las anualidades inicialmente establecidas.
III. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del
convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del
correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
IV. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las
sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una
nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las
mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no
será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del
texto convencional.
V. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la
normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto
del Convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar una modificación de las
anualidades inicialmente establecidas para la buena marcha y ejecución del mismo,
reajustando los importes establecidos.
VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los
compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el
convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el
mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
Segunda.
Modificación de la cláusula quinta, Anualidades y aportaciones.
Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta que queda redactado del siguiente
modo:
«1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las
anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo al presente
documento.»
cve: BOE-A-2023-11534
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de esta adenda es modificar la cláusula quinta, la cláusula undécima y
reajustar las anualidades establecidas en el anexo del Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Petín para la financiación, ejecución
y entrega de las obras de prolongación del Paseo del Malecón en Petín (T.M. de PetínOurense). PdM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537.
Núm. 115
Lunes 15 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 67572
Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la
firma del presente documento, y a tal efecto
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 28 de julio de 2022 (BOE núm. 189 de 8 de agosto) se otorgó el
Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de
Petín para la financiación, ejecución y entrega de las obras de prolongación del Paseo
del
Malecón
en
Petín
(T.M.
de
Petín-Ourense).
PdM
MIÑO-SIL
ES010_3_CHCH0XCET29WP2537, con un importe previsto de 1.128.000 euros y una
previsión de ejecución en las anualidades 2022 y 2023.
II. Que en fecha 22 de diciembre de 2022 (BOE núm. 2, de 3 de enero de 2023) se
otorgó una adenda por la que se incrementaba en una anualidad el período de ejecución
de la actuación y se modificaban las anualidades inicialmente establecidas.
III. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda del
convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del
correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones
exigidos para la aprobación del inicial.
IV. Que no obstante lo anterior, con el propósito de agilizar la tramitación de las
sucesivas modificaciones motivadas por los reajustes de anualidades, se incluye una
nueva facultad de la Comisión de Seguimiento, la de acordar la modificación de las
mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no
será preciso en el futuro que tal cambio se acuerde a través de una modificación del
texto convencional.
V. Que en aplicación de la legislación de contratos del sector público, de la
normativa contable y presupuestaria, y atendiendo al estado de las actuaciones objeto
del Convenio, esta Confederación Hidrográfica debe realizar una modificación de las
anualidades inicialmente establecidas para la buena marcha y ejecución del mismo,
reajustando los importes establecidos.
VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los
compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el
convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el
mismo.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.
Segunda.
Modificación de la cláusula quinta, Anualidades y aportaciones.
Se modifica el primer párrafo de la cláusula quinta que queda redactado del siguiente
modo:
«1. Para la ejecución del presente convenio, se establecen, inicialmente, las
anualidades previstas en el cuadro que figura como anexo al presente
documento.»
cve: BOE-A-2023-11534
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de esta adenda es modificar la cláusula quinta, la cláusula undécima y
reajustar las anualidades establecidas en el anexo del Convenio entre la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Petín para la financiación, ejecución
y entrega de las obras de prolongación del Paseo del Malecón en Petín (T.M. de PetínOurense). PdM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0XCET29WP2537.