II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Destinos. (BOE-A-2023-11349)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 11 de enero de 2023, en la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114

Sábado 13 de mayo de 2023

Sec. II.A. Pág. 66843

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
11349

Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 11 de enero
de 2023, en la Administración de la Seguridad Social.

Por Resolución de la Subsecretaría de 11 de enero de 2023 («Boletín Oficial del
Estado» de 20 de enero), se convocó concurso específico para la provisión de puestos
de trabajo en la Administración de la Seguridad Social.
Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la
convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos
alegados por los concursantes y a propuesta de la comisión de valoración a la que hace
referencia la base séptima de la citada resolución,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Adjudicar los puestos de trabajo que se relacionan en los anexos que acompañan a
la presente resolución a los funcionarios que asimismo se especifican, y declarar
desiertos los puestos de trabajo que se detallan en los mismos.
Segundo.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de
residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso
al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente
resolución.
Tercero.
El personal que obtenga destino en este concurso deberá permanecer en el puesto
de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos
de provisión, salvo en el ámbito de la Secretaría de Estado de Seguridad Social
y Pensiones, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1 e) de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en
el de supresión del puesto de trabajo.

Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al
de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en
los artículos 10.1 i) y 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

cve: BOE-A-2023-11349
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Cuarto.