V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. (BOE-B-2023-14247)
Extracto de la Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Iniciativas y Buenas Prácticas para la protección de las mujeres frente a la violencia digital.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 22259
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
14247
Extracto de la Resolución de la Agencia Española de Protección de
Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el
Premio a las Iniciativas y Buenas Prácticas para la protección de las
mujeres frente a la violencia digital.
BDNS (Identif.): 694300.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
694300)
Primero. Beneficiarios.
Podrán tomar parte en el concurso cualquier persona física, entidad pública o
privada de la Unión Europea.
Segunda. Objeto.
Constituye su objeto premiar el desarrollo de una actividad, producto o servicio
que, procedente del ámbito público o privado, tenga como características la
originalidad, creatividad, innovación y el impacto social en relación con la
protección de datos y la garantía de los derechos y libertades de las personas
frente a la violencia digital por razón de género.
Preferentemente se considerarán de mayor interés aquellas actividades,
productos o servicios destinados a la sensibilización y prevención de las distintas
formas de violencia digital por razón de género. A modo de ejemplo de buenas
prácticas, se valorarán especialmente las aplicaciones, guías, herramientas,
procesos o materiales que las entidades públicas o privadas desarrollen para
prevenir la violencia digital de género, tanto en el ámbito de menores de edad
como de personas adultas.
Tercera. Bases Reguladoras.
Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, de 11 de mayo de
2023, publicada en la web www.aepd.es.
Cuarto. Premio.
El jurado podrá proponer la concesión de un accésit dotado con mil quinientos
euros (1.500,00 €). Si el jurado propusiese declarar desierto el premio, podrá
sugerir otorgar un accésit adicional dotado con mil quinientos euros (1.500,00 €).
En el caso de que la candidatura ganadora del premio o el accésit fuese una
entidad de naturaleza pública, el premio consistirá en una mención honorífica,
mediante diploma concedido al efecto, sin dotación económica y la difusión de las
buenas prácticas.
cve: BOE-B-2023-14247
Verificable en https://www.boe.es
Si el proyecto ganador correspondiese a una persona física o entidad de
naturaleza privada, el premio consistirá en una dotación económica de tres mil
euros (3.000,00 €) y la difusión del trabajo premiado por parte de la AEPD a través
de su página web.
Núm. 114
Sábado 13 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 22259
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AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
14247
Extracto de la Resolución de la Agencia Española de Protección de
Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el
Premio a las Iniciativas y Buenas Prácticas para la protección de las
mujeres frente a la violencia digital.
BDNS (Identif.): 694300.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
694300)
Primero. Beneficiarios.
Podrán tomar parte en el concurso cualquier persona física, entidad pública o
privada de la Unión Europea.
Segunda. Objeto.
Constituye su objeto premiar el desarrollo de una actividad, producto o servicio
que, procedente del ámbito público o privado, tenga como características la
originalidad, creatividad, innovación y el impacto social en relación con la
protección de datos y la garantía de los derechos y libertades de las personas
frente a la violencia digital por razón de género.
Preferentemente se considerarán de mayor interés aquellas actividades,
productos o servicios destinados a la sensibilización y prevención de las distintas
formas de violencia digital por razón de género. A modo de ejemplo de buenas
prácticas, se valorarán especialmente las aplicaciones, guías, herramientas,
procesos o materiales que las entidades públicas o privadas desarrollen para
prevenir la violencia digital de género, tanto en el ámbito de menores de edad
como de personas adultas.
Tercera. Bases Reguladoras.
Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, de 11 de mayo de
2023, publicada en la web www.aepd.es.
Cuarto. Premio.
El jurado podrá proponer la concesión de un accésit dotado con mil quinientos
euros (1.500,00 €). Si el jurado propusiese declarar desierto el premio, podrá
sugerir otorgar un accésit adicional dotado con mil quinientos euros (1.500,00 €).
En el caso de que la candidatura ganadora del premio o el accésit fuese una
entidad de naturaleza pública, el premio consistirá en una mención honorífica,
mediante diploma concedido al efecto, sin dotación económica y la difusión de las
buenas prácticas.
cve: BOE-B-2023-14247
Verificable en https://www.boe.es
Si el proyecto ganador correspondiese a una persona física o entidad de
naturaleza privada, el premio consistirá en una dotación económica de tres mil
euros (3.000,00 €) y la difusión del trabajo premiado por parte de la AEPD a través
de su página web.