II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-11262)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Universitaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 66072
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo,
no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4 Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición. La
Universidad de Cádiz podrá requerir al interesado/a la información que estime necesaria
en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre
la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las
funciones del puesto concreto a ocupar.
3.5 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la
página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/
convocatoria-pas/.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página Web del
área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa
de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de
exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a
través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática
en la Sede Electrónica de la UCA o en alguna de las formas establecidas en el
apartado 3.1 de la presente convocatoria. Quienes, dentro del plazo señalado, no
subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos
de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante,
que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el Rector de la Universidad de, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a
su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su
publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.
5.
Tribunal calificador
5.1 El nombramiento del Tribunal calificador de la presente convocatoria se hará
público junto con la resolución por la que se publique el listado provisional de aspirantes
admitidos y excluidos.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público o
si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
cve: BOE-A-2023-11262
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 66072
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo,
no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4 Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición. La
Universidad de Cádiz podrá requerir al interesado/a la información que estime necesaria
en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente sobre
la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las
funciones del puesto concreto a ocupar.
3.5 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el «Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía», el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la
página Web del área de Personal de la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/
convocatoria-pas/.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página Web del
área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/, se incluirá la lista completa
de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de
exclusión.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página Web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a
través del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática
en la Sede Electrónica de la UCA o en alguna de las formas establecidas en el
apartado 3.1 de la presente convocatoria. Quienes, dentro del plazo señalado, no
subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos
de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante,
que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el Rector de la Universidad de, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a
su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su
publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.
5.
Tribunal calificador
5.1 El nombramiento del Tribunal calificador de la presente convocatoria se hará
público junto con la resolución por la que se publique el listado provisional de aspirantes
admitidos y excluidos.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público o
si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
cve: BOE-A-2023-11262
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 113