III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11320)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Sinfonía Solar Energy Power, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Sinfonía I de 51,725 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en San Vicente del Palacio y Ataquines (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66592

Subterránea 30 kV de Planta Fotovoltaica Sinfonía I» ambos fechados en noviembre
de 2020, se componen de:
Red de media tensión a 30 kV soterrada que conectará los centros de transformación
de la planta con la subestación Gomeznarro 132/30 kV.
No obstante lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de
generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del mencionado real decreto.
Por tanto y hasta que se obtenga esta autorización administrativa que recoja las
modificaciones derivadas de la meritada declaración de impacto ambiental, el promotor
no podrá iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las
instalaciones previstas en el artículo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, en ninguna de las partes de la instalación, es decir, ni en el parque de
producción ni en las infraestructuras de evacuación incluidas la conexión con la red de
transporte o de distribución.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada declaración de impacto ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, se deberán cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación
que establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, siendo objeto de otros
expedientes (SGEE/PFot-298 y SGEE/PFot-344). Las infraestructuras incluidas en el
expediente SGEE/PFot-344 cuentan con autorización, mediante Resolución de la
Dirección General de Política Energética y Minas, de 18 de abril de 2023, por la que se
otorga a Elawan Energy Olmedo 1, S.L. autorización administrativa previa para la
instalación fotovoltaica «Elawan Olmedo I», de 50,064 MW de potencia instalada y sus
infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Ramiro y Medina del
Campo, en la provincia de Valladolid. Respecto a las infraestructuras de evacuación
contenidas en el expediente PFot-298, estas cuentan con autorización mediante
Resolución, de 21 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y
Minas por la que se otorga a Planta Solar OPDE 27, S.L. autorización administrativa
previa para la instalación fotovoltaica «Los Silos», de 50,1 MW de potencia instalada y
sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Almenara de Adaja,
Bocigas y Olmedo, en la provincia de Valladolid.
Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, no se otorgará autorización administrativa de construcción hasta que dichos
expedientes obtengan, a su vez, la autorización administrativa de construcción de la
infraestructura de evacuación pertinente.

cve: BOE-A-2023-11320
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Núm. 113