III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11318)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Rin Power, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Adaja I de 51,725 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Medina del Campo (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66570
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Rin Power, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Adaja I de 51,725 MW de
potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Medina del
Campo (Valladolid).
Rin Power, S.L., en adelante el promotor, con fecha 20 de noviembre de 2020,
subsanada en fecha 19 de diciembre de 2020, solicitó autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto de utilidad pública,
de la instalación fotovoltaica Adaja I y su línea subterránea de evacuación de 30 kV,
situada en Medina del Campo, en la provincia de Valladolid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 20 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación de tramitación conjunta relativa a los expedientes
de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, de las
plantas fotovoltaicas El Caballero de 51,725 MWp, Sinfonía I de 51,725 MWp y Adaja I
de 51,725 MWp, de la subestación eléctrica «El Caballero», y declaración, en concreto
de utilidad pública de las plantas Sinfonía I y Adaja I, en la provincia de Valladolid, con
número de expediente asociado PFot-351 AC.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
Con fecha 20 de mayo de 2021, las sociedades Alejandría Power, S.L., Sinfonía
Solar Energy Power, S.L., y Rin Power, S.L., firman un acuerdo mediante el cual las
sociedades designan a Alejandría Power como su representante. Con fecha 27 de
septiembre de 2021, Alejandría Power, S.L. solicitó el desistimiento de la tramitación de
la declaración, en concreto, de utilidad pública de las plantas Adaja I y Sinfonía I.
El expediente acumulado fue incoado en el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Valladolid y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la Subdelegación de Defensa del Ministerio de
Defensa en la que no se muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., de
Redexis Gas Infraestructuras, S.L., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(ADIF) y, de manera extemporánea, de la Confederación Hidrográfica del Duero en las
que se establece condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar
autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación
con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
cve: BOE-A-2023-11318
Verificable en https://www.boe.es
11318
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66570
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Rin Power, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Adaja I de 51,725 MW de
potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Medina del
Campo (Valladolid).
Rin Power, S.L., en adelante el promotor, con fecha 20 de noviembre de 2020,
subsanada en fecha 19 de diciembre de 2020, solicitó autorización administrativa previa,
autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto de utilidad pública,
de la instalación fotovoltaica Adaja I y su línea subterránea de evacuación de 30 kV,
situada en Medina del Campo, en la provincia de Valladolid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 20 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación de tramitación conjunta relativa a los expedientes
de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción, de las
plantas fotovoltaicas El Caballero de 51,725 MWp, Sinfonía I de 51,725 MWp y Adaja I
de 51,725 MWp, de la subestación eléctrica «El Caballero», y declaración, en concreto
de utilidad pública de las plantas Sinfonía I y Adaja I, en la provincia de Valladolid, con
número de expediente asociado PFot-351 AC.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
Con fecha 20 de mayo de 2021, las sociedades Alejandría Power, S.L., Sinfonía
Solar Energy Power, S.L., y Rin Power, S.L., firman un acuerdo mediante el cual las
sociedades designan a Alejandría Power como su representante. Con fecha 27 de
septiembre de 2021, Alejandría Power, S.L. solicitó el desistimiento de la tramitación de
la declaración, en concreto, de utilidad pública de las plantas Adaja I y Sinfonía I.
El expediente acumulado fue incoado en el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Valladolid y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la Subdelegación de Defensa del Ministerio de
Defensa en la que no se muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual expresa su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., de
Redexis Gas Infraestructuras, S.L., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(ADIF) y, de manera extemporánea, de la Confederación Hidrográfica del Duero en las
que se establece condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar
autorización ante dicho organismo por la ocupación o el cruzamiento de la instalación
con bienes o servicios de su competencia. Se ha dado traslado al promotor de dicha
contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
cve: BOE-A-2023-11318
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