III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11307)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Energy Tordesillas 2, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Elawan Tordesillas II", de 50,064 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Villalar de los Comuneros (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 66483

medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– La viabilidad ambiental del proyecto queda condicionada al desarrollo de las
plantas fotovoltaicas Elawan Tordesillas I y Elawan Tordesillas III en la nueva ubicación
propuesta por el promotor en la Adenda al EsIA, según se establece en el punto ii.1).
– El trazado subterráneo de la línea de evacuación por caminos existentes evitará
afectar zonas encharcadas, aunque sea temporalmente, o de elevada humedad edáfica
y zonas ocupadas por hábitats de interés comunitario. Para evitar colisiones y
electrocuciones de la avifauna, los puntos de entronque de la línea de evacuación
subterránea o los puentes de unión entre elementos en tensión quedarán debidamente
aislados, tal y como se establece en el punto ii.4).
– Deberá llevarse a cabo un programa de medidas agroambientales, tal y como se
establece en el punto ii.5).
– Se conservarán las pequeñas vaguadas, zonas húmedas y balsas temporales o
permanentes, así como su vegetación asociada. No podrán ocuparse, siquiera
temporalmente, las franjas de vegetación de ribera, ni los cauces de los cursos de agua
próximos. Se mantendrá expedita la franja de 5 metros situada a ambos lados de los
cauces afectados, tal y como se establece en el punto ii.14).
– En cualquier caso, todas las actuaciones a realizar respetarán las servidumbres
legales y, en particular, la servidumbre de uso público de 5 m en cada margen
establecida en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. A este respecto, se deberá
dejar completamente libre de cualquier obra que se vaya a realizar dicha zona de
servidumbre, tal y como se establece en el punto ii.17).
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá ser completado y modificado tras las
condiciones establecidas en la DIA.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la
citada DIA, previamente a su aprobación.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el
artículo 115 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre respecto de las
modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización
administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado
artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación de
Tordesillas 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
fotovoltaico con la red de transporte, en la subestación de Tordesillas 400 kV, propiedad
de Red Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la red de
transporte en dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fechas 1 de septiembre de 2020 y 14 de julio de 2021, el promotor firmó con otras
sociedades acuerdos de tramitación y de socios, respectivamente, para el desarrollo
conjunto de la infraestructura eléctrica de la línea aérea a 132 kV común necesaria para
la evacuación y conexión hasta la SET Promotores Tordesillas 400 kV, de las plantas
fotovoltaicas Elawan Tordesillas I, II y III, junto con «Centauro 1», «Line 1», «Clave 1» e
«Iron 1» (dentro del SGEE/PFot-347AC) y Tordesillas I Solar PV (SGEE/PFot-152).

cve: BOE-A-2023-11307
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Núm. 113