III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Auditores de Cuentas. (BOE-A-2023-11330)
Orden ETD/480/2023, de 5 de mayo, por la que se nombran los miembros de la Comisión de Evaluación para la inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas de aquellos autorizados para realizar la actividad de auditoría de cuentas en otros estados miembros de la Unión Europea o en terceros países, y se disponen las tasas de pago por los derechos de examen.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66661
Comisión de Evaluación. La resolución de dichas reclamaciones deberá adoptarse por
mayoría de la Comisión de Evaluación.
La resolución de la Comisión de Evaluación podrá ser recurrida en alzada ante la
persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Cuarto.
Instrucciones de aplicación.
Se autoriza a la Comisión de Evaluación para dictar las instrucciones precisas en
relación con la aplicación de la presente Orden.
Quinto.
Derechos de examen.
Se establece la tasa de pago por los derechos de examen a satisfacer para concurrir
al examen de aptitud por importe de ciento sesenta (160) euros.
Dicho pago deberá efectuarse antes de la realización de la prueba, a través del
correspondiente ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente con IBAN: ES85
0049 1892 60 2513313801 de la entidad habilitada al efecto de esta convocatoria,
incluyendo expresamente el nombre y apellidos del solicitante y la mención «EXAMEN
ROAC 2023 – Comisión de Evaluación». La falta de justificación del abono total de la
cantidad anterior determinará la exclusión del aspirante.
Solicitudes.
Las solicitudes de admisión al examen deberán dirigirse al Presidente de la Comisión
de Evaluación mediante el modelo de solicitud que se recoge en el anexo, e irán
acompañadas de la debida acreditación de los requisitos exigidos en el artículo 10 de la
Ley de Auditoría de Cuentas, así como del justificante de haber satisfecho los derechos
de examen. Los aspirantes admitidos en las dos convocatorias anteriores no estarán
obligados a presentar la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos
exigidos para ser admitidos.
El modelo de solicitud de admisión al examen se encuentra a disposición de los
interesados en la página web https://www.icac.gob.es/examenesroac. Asimismo, las
solicitudes de admisión, acompañadas de la documentación acreditativa citada
anteriormente, deberán presentarse preferiblemente de forma electrónica pudiendo utilizar
para ello, el acceso desde la página web del ICAC https://rec.redsara.es/registro de acuerdo
con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día
siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En todo caso, la Comisión de Evaluación podrá, en cualquier momento del proceso,
requerir a cada solicitante que presente la documentación original correspondiente a la
presentada de forma electrónica.
Adicionalmente, para aquellas situaciones que la presentación electrónica no sea
posible, las solicitudes de admisión, acompañadas, en su caso, de la documentación
acreditativa citada anteriormente que se presentará debidamente compulsada, podrán
presentarse presencialmente en el registro del ICAC o por correo dirigido al ICAC en el
plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos e
información facilitados e incorporados en las solicitudes de admisión, así como los que
figuren en la documentación acreditativa, serán objeto de tratamiento con la finalidad de
gestionar las solicitudes y otros trámites relacionados con las pruebas para el proceso de
acceso al ROAC, siendo el Responsable del Tratamiento el ICAC, quedando reconocidos
los derechos previstos en la normativa vigente en materia de privacidad.
Para obtener información, visite la Política de Privacidad del ICAC en https://
www.icac.gob.es/politica-de-privacidad.
cve: BOE-A-2023-11330
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 113
Viernes 12 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 66661
Comisión de Evaluación. La resolución de dichas reclamaciones deberá adoptarse por
mayoría de la Comisión de Evaluación.
La resolución de la Comisión de Evaluación podrá ser recurrida en alzada ante la
persona titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Cuarto.
Instrucciones de aplicación.
Se autoriza a la Comisión de Evaluación para dictar las instrucciones precisas en
relación con la aplicación de la presente Orden.
Quinto.
Derechos de examen.
Se establece la tasa de pago por los derechos de examen a satisfacer para concurrir
al examen de aptitud por importe de ciento sesenta (160) euros.
Dicho pago deberá efectuarse antes de la realización de la prueba, a través del
correspondiente ingreso o transferencia bancaria en la cuenta corriente con IBAN: ES85
0049 1892 60 2513313801 de la entidad habilitada al efecto de esta convocatoria,
incluyendo expresamente el nombre y apellidos del solicitante y la mención «EXAMEN
ROAC 2023 – Comisión de Evaluación». La falta de justificación del abono total de la
cantidad anterior determinará la exclusión del aspirante.
Solicitudes.
Las solicitudes de admisión al examen deberán dirigirse al Presidente de la Comisión
de Evaluación mediante el modelo de solicitud que se recoge en el anexo, e irán
acompañadas de la debida acreditación de los requisitos exigidos en el artículo 10 de la
Ley de Auditoría de Cuentas, así como del justificante de haber satisfecho los derechos
de examen. Los aspirantes admitidos en las dos convocatorias anteriores no estarán
obligados a presentar la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos
exigidos para ser admitidos.
El modelo de solicitud de admisión al examen se encuentra a disposición de los
interesados en la página web https://www.icac.gob.es/examenesroac. Asimismo, las
solicitudes de admisión, acompañadas de la documentación acreditativa citada
anteriormente, deberán presentarse preferiblemente de forma electrónica pudiendo utilizar
para ello, el acceso desde la página web del ICAC https://rec.redsara.es/registro de acuerdo
con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día
siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
En todo caso, la Comisión de Evaluación podrá, en cualquier momento del proceso,
requerir a cada solicitante que presente la documentación original correspondiente a la
presentada de forma electrónica.
Adicionalmente, para aquellas situaciones que la presentación electrónica no sea
posible, las solicitudes de admisión, acompañadas, en su caso, de la documentación
acreditativa citada anteriormente que se presentará debidamente compulsada, podrán
presentarse presencialmente en el registro del ICAC o por correo dirigido al ICAC en el
plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado».
Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos e
información facilitados e incorporados en las solicitudes de admisión, así como los que
figuren en la documentación acreditativa, serán objeto de tratamiento con la finalidad de
gestionar las solicitudes y otros trámites relacionados con las pruebas para el proceso de
acceso al ROAC, siendo el Responsable del Tratamiento el ICAC, quedando reconocidos
los derechos previstos en la normativa vigente en materia de privacidad.
Para obtener información, visite la Política de Privacidad del ICAC en https://
www.icac.gob.es/politica-de-privacidad.
cve: BOE-A-2023-11330
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.