III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-11155)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el desarrollo de la línea de préstamos participativos establecida en la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de presupuestos generales del estado para el año 2011 modificada por la disposición final duodécima de la ley 48/2015, de 29 de octubre, de presupuestos generales del estado para el año 2016.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65459

VI. Que la disposición adicional cuadragésima sexta de la Ley 31/2022, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 establece en su
primer párrafo el importe de la línea de financiación creada en virtud de la disposición
adicional vigésima tercera de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos
Generales del estado para 2011, modificada por la disposición final duodécima de la
Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.
Dicho importe será de 20.500,00 miles de euros, cantidad que se financiará con cargo a
la aplicación presupuestaria 20.09.433M.821.12 del vigente presupuesto.
VII. Asimismo, la disposición adicional cuadragésima sexta de la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 establece, en su segundo párrafo
que para disponer del crédito presupuestario que dota esta línea, este convenio deberá
contar con el informe favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos en
relación con el cumplimiento de los requisitos necesarios para hacer posible su
financiación mediante Fondos Estructurales Europeos.
VIII. Que el Reglamento Comunitario 1303/ 2013 por el que se establecen
disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo
Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y
al Fondo Europeo Marítimo y de la pesca, y por el que se establecen disposiciones
generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo,
al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el
Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo prevé diferentes canales para hacer posible
la financiación mediante los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Constituye el objeto del presente convenio las condiciones bajo las cuales ENISA
recibirá un préstamo del MINCOTUR para la aplicación de la línea de financiación de
apoyo financiero a jóvenes emprendedores, a través de la figura del préstamo
participativo, establecida en la disposición adicional vigésima tercera de la Ley 39/2010,
de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, modificada
por la disposición final duodécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2016.
De acuerdo con el objeto del presente convenio y en aras a las oportunidades de
financiación que brinda a la PYME, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Reglamento
Comunitario 1303/2013.
Asimismo, en el presente convenio se establecen las características (condiciones,
criterios y procedimientos de concesión y control) de los préstamos participativos
financiados mediante esta línea.

ENISA recibirá un préstamo del MINCOTUR en el año 2023 por un importe
de 20.500.000,00 €, con el objeto de facilitar la financiación de proyectos empresariales
promovidos por jóvenes emprendedores. El préstamo tendrá un período máximo de
amortización de ocho años, a tipo de interés cero y sin necesidad de garantías.
El
préstamo
será
concedido
con
cargo
a
la
aplicación
presupuestaria 20.09.433M.821.12 del vigente presupuesto y financiará los préstamos
participativos cuya concesión haya sido aprobada por ENISA en el periodo comprendido
entre el 1 de enero de 2023 y el 13 de diciembre de 2023 en los términos fijados en la
cláusula quinta del presente convenio.

cve: BOE-A-2023-11155
Verificable en https://www.boe.es

Segunda. Condiciones del Préstamo del MINCOTUR a ENISA.