III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-11157)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica el Convenio con la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el desarrollo de la línea de préstamos participativos establecida en el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la Ley 6/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112

Jueves 11 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 65527

4.3.3 Plan Financiero. Factores a considerar: Certeza de las fuentes de
financiación, proporción de recursos propios sobre total de los recursos, apoyo de
inversores financieros en fondos propios (Friends & Family), capacidad para soportar y
financiar pérdidas de explotación los primeros años.
5. Calificación plan de negocio (solo empresas con históricos)
El análisis del plan de negocio está basado en los datos previstos para el año en
curso y el año siguiente.
El análisis se realiza con la misma metodología que el análisis cuantitativo,
asignando una ponderación del 35 % a los ratios económico financieros del ejercicio en
curso y del 65 % a los del año siguiente.
La valoración de cada uno de los ratios permite saber dónde están las fortalezas y
debilidades del plan de negocio de cada empresa (siempre entendiendo el sector en el
que desenvuelva su actividad).
El modelo devuelve una puntuación comprendida entre 0 y 100 y una calificación
entre «A1» y «D3».
Se aplicará de acuerdo con la siguiente escala:
Puntuación Rating

16

D3

+16

21

D2

+21

23

D1

+23

27

C3

+27

33

C2

+33

39

C1

+39

43

B3

+43

48

B2

+48

53

B1

+53

63

A3

+63

73

A2

+73

100

A1

Percepción del analista y garantías

Una vez obtenida la calificación cualitativa y, en su caso, las calificaciones
cuantitativa/histórica y del plan del negocio/histórica, se obtiene una calificación media
ponderada por el peso de cada una de las calificaciones.
En el caso de las empresas con históricos la ponderación es la siguiente: 80 %
cuantitativa, 10 % cualitativa y 10 % plan de negocio. Para las empresas sin históricos no
existe ponderación ya que se valora una única calificación (cualitativa), con una
valoración del 100 %.
La calificación obtenida, ya sea de media ponderada o de calificación cualitativa,
puede ser modificada por la percepción del analista u órgano de decisión competente
con un máximo de hasta +/– dos escalones, que deberá exponer los motivos por los que
entiende que la calificación debería ser modificada.
Adicionalmente, de forma extraordinaria, se podrá variar la calificación crediticia
indicada por el rating en función de las garantías prestadas con aval bancario que la
empresa pueda aportar.

cve: BOE-A-2023-11157
Verificable en https://www.boe.es

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