III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2023-11163)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Universitat Politècnica de Cataluña, para la realización del Programa Campus Rural de prácticas universitarias en el medio rural.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65572
c) El párrafo primero de la cláusula sexta selección de propuestas de prácticas
queda redactado como sigue:
«La Universidad procederá a la selección de propuestas de prácticas
siguiendo las indicaciones de la Guía del Programa Campus Rural. Con carácter
general, las prácticas se desarrollarán en una provincia distinta a aquella en la que
tenga su sede el campus académico en el que el estudiante esté matriculado. En
caso de no poder cumplir con este requisito, y siempre que la comisión de
seguimiento del convenio lo autorice, las prácticas podrán tener lugar en la misma
provincia de la sede del campus académico. Asimismo, se favorecerá el
intercambio de ofertas de prácticas entre las universidades participantes del
Programa Campus Rural.»
d) El párrafo segundo de la cláusula quinta Difusión del programa y recepción de
solicitudes queda redactado como sigue:
«Podrán presentar propuestas para acoger estudiantes en prácticas cualquier
administración local, institución, organismo o empresa legalmente constituidos y
asentados en zonas rurales con problemas de despoblación.»
e) El párrafo segundo de la cláusula sexta selección de propuestas de prácticas
queda redactado como sigue:
«La suma total de los meses de duración de las prácticas del Programa
Campus Rural respecto de la Universidad no excederá de setenta y cinco meses.»
f) El párrafo segundo de la cláusula séptima participantes queda redactado como
sigue:
«A tal efecto, la Universidad establecerá qué estudiantes se integrarán en el
Programa Campus Rural del curso académico correspondiente. Los estudiantes
que no hubieran sido seleccionados pasarán a integrar una lista de reserva. La
asignación se llevará a cabo de acuerdo con el baremo establecido por cada
universidad.»
g) El párrafo primero de la cláusula octava duración de las prácticas queda
redactado como sigue:
«Las prácticas se realizarán entre el 15 de mayo del curso académico
correspondiente y el 15 de noviembre del mismo año, con una duración mínima de
tres meses y máxima de cinco, debiendo residir el estudiante en el mismo
municipio en el que realice las prácticas.»
h) La cláusula novena financiación queda redactada como sigue:
«El coste total de las actuaciones dirigidas al desarrollo del Programa Campus
Rural en el marco del presente convenio asciende a un máximo de 99.509,25
euros en una única anualidad para el año 2023, de acuerdo con lo previsto en el
anexo del presente convenio.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se
compromete a financiar el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente
convenio mediante una aportación global de un máximo de 79.034,25 euros con
cargo a la aplicación presupuestaria 23.14.456E.45102, y de acuerdo con lo
previsto en el anexo del presente convenio.
La universidad se compromete a financiar el Programa Campus Rural por un
importe global de hasta 20.475 euros de acuerdo con lo dispuesto en el anexo del
presente convenio.»
cve: BOE-A-2023-11163
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65572
c) El párrafo primero de la cláusula sexta selección de propuestas de prácticas
queda redactado como sigue:
«La Universidad procederá a la selección de propuestas de prácticas
siguiendo las indicaciones de la Guía del Programa Campus Rural. Con carácter
general, las prácticas se desarrollarán en una provincia distinta a aquella en la que
tenga su sede el campus académico en el que el estudiante esté matriculado. En
caso de no poder cumplir con este requisito, y siempre que la comisión de
seguimiento del convenio lo autorice, las prácticas podrán tener lugar en la misma
provincia de la sede del campus académico. Asimismo, se favorecerá el
intercambio de ofertas de prácticas entre las universidades participantes del
Programa Campus Rural.»
d) El párrafo segundo de la cláusula quinta Difusión del programa y recepción de
solicitudes queda redactado como sigue:
«Podrán presentar propuestas para acoger estudiantes en prácticas cualquier
administración local, institución, organismo o empresa legalmente constituidos y
asentados en zonas rurales con problemas de despoblación.»
e) El párrafo segundo de la cláusula sexta selección de propuestas de prácticas
queda redactado como sigue:
«La suma total de los meses de duración de las prácticas del Programa
Campus Rural respecto de la Universidad no excederá de setenta y cinco meses.»
f) El párrafo segundo de la cláusula séptima participantes queda redactado como
sigue:
«A tal efecto, la Universidad establecerá qué estudiantes se integrarán en el
Programa Campus Rural del curso académico correspondiente. Los estudiantes
que no hubieran sido seleccionados pasarán a integrar una lista de reserva. La
asignación se llevará a cabo de acuerdo con el baremo establecido por cada
universidad.»
g) El párrafo primero de la cláusula octava duración de las prácticas queda
redactado como sigue:
«Las prácticas se realizarán entre el 15 de mayo del curso académico
correspondiente y el 15 de noviembre del mismo año, con una duración mínima de
tres meses y máxima de cinco, debiendo residir el estudiante en el mismo
municipio en el que realice las prácticas.»
h) La cláusula novena financiación queda redactada como sigue:
«El coste total de las actuaciones dirigidas al desarrollo del Programa Campus
Rural en el marco del presente convenio asciende a un máximo de 99.509,25
euros en una única anualidad para el año 2023, de acuerdo con lo previsto en el
anexo del presente convenio.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se
compromete a financiar el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente
convenio mediante una aportación global de un máximo de 79.034,25 euros con
cargo a la aplicación presupuestaria 23.14.456E.45102, y de acuerdo con lo
previsto en el anexo del presente convenio.
La universidad se compromete a financiar el Programa Campus Rural por un
importe global de hasta 20.475 euros de acuerdo con lo dispuesto en el anexo del
presente convenio.»
cve: BOE-A-2023-11163
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 112