III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11172)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Line Energy Power, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Line 1", de 51,725 MW potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Villalar de los Comuneros (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65696
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Line Energy Power, SL,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica «Line 1», de
51,725 MW potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en
Villalar de los Comuneros (Valladolid).
Line Energy Power, SL, en adelante, el promotor, solicitó, con fecha 25 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y
declaración de utilidad pública de la planta solar fotovoltaica «Line 1» de 51,725 MWp, y
su infraestructura de evacuación en 30 kV en el término municipal de Villalar de los
Comuneros, Valladolid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 14 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración de utilidad pública de las plantas fotovoltaicas «Centauro 1»
de 51,725 MWp, «Line 1» de 51,725 MWp, «Clave 1» de 51,725 MWp e «Iron 1»
de 51,725 MWp y de sus infraestructuras de evacuación.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El expediente acumulado fue incoado en el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Valladolid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Consultados la Demarcación de Carreteras del Estado de Castilla y León Occidental
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Dirección General de
Industria de la Junta de Castilla y León, la Dirección General de Energía y Minas de la
Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial de Valladolid, el Ayuntamiento de
Bercero y el Ayuntamiento de Torrecilla de la Abadesa, no se ha recibido contestación,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, de Elawan Energy SL, de Enagas SL, de
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU (Iberdrola), de Telefónica de España, SAU, de
Red Eléctrica de España SA y de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio
de Defensa en la que no se muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, expresando su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Duero, del
Ayuntamiento de Tordesillas y del Ayuntamiento de Villalar de los Comuneros en las que
se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar
autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación
cve: BOE-A-2023-11172
Verificable en https://www.boe.es
11172
Núm. 112
Jueves 11 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 65696
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Line Energy Power, SL,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica «Line 1», de
51,725 MW potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en
Villalar de los Comuneros (Valladolid).
Line Energy Power, SL, en adelante, el promotor, solicitó, con fecha 25 de noviembre
de 2020, autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y
declaración de utilidad pública de la planta solar fotovoltaica «Line 1» de 51,725 MWp, y
su infraestructura de evacuación en 30 kV en el término municipal de Villalar de los
Comuneros, Valladolid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 14 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración de utilidad pública de las plantas fotovoltaicas «Centauro 1»
de 51,725 MWp, «Line 1» de 51,725 MWp, «Clave 1» de 51,725 MWp e «Iron 1»
de 51,725 MWp y de sus infraestructuras de evacuación.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El expediente acumulado fue incoado en el Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Valladolid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Consultados la Demarcación de Carreteras del Estado de Castilla y León Occidental
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Dirección General de
Industria de la Junta de Castilla y León, la Dirección General de Energía y Minas de la
Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial de Valladolid, el Ayuntamiento de
Bercero y el Ayuntamiento de Torrecilla de la Abadesa, no se ha recibido contestación,
por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el
artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de la Junta de Castilla y León, de Elawan Energy SL, de Enagas SL, de
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU (Iberdrola), de Telefónica de España, SAU, de
Red Eléctrica de España SA y de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio
de Defensa en la que no se muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, expresando su conformidad con las
mismas.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Duero, del
Ayuntamiento de Tordesillas y del Ayuntamiento de Villalar de los Comuneros en las que
se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar
autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación
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