V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-13820)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Naturgy Renovables, S.L.U (antes Gas Natural Fenosa Renovables S.L.U), autorización administrativa de la instalación de la planta fotovoltaica Telde III, de 2,365 MVA de potencia nominal, en el término municipal de Ingenio. ER-17-0076.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 21592
GC-192, mientras que la línea de evacuación parece afectar (trazado propuesto en
proyecto) a las carreteras GC-191, GC-192 y GC-199.
• La planta fotovoltaica no afecta a la carretera de interés regional, autopista
GC-1, aunque el trazado propuesto de la línea de evacuación hasta la subestación
El Escobar de 66 KV atraviesa la GC-1 por un paso inferior.
• La planta fotovoltaica Telde III tiene concedido permiso de acceso a la
Subestación El Escobar 66kV, propiedad de REE. Las infraestructuras de
evacuación de la planta se realizarán de forma conjunta con otras plantas
fotovoltaicas ubicadas en la misma zona.
• Se ha presentado el Proyecto correspondiente a las infraestructuras de
evacuación de dichas plantas hasta la SET El Escobar 66 kV. La evacuación se
realizará a través de una subestación elevadora 66/20 kV denominada SET La Sal,
que formará parte del proyecto mencionado anteriormente. Dicho proyecto se
denomina "Infraestructuras de evacuación de las plantas fotovoltaicas Gran
Canaria I, II, II y Telde I, II, III, IV y V"
• Se procederá al vallado de todo el contorno del parque fotovoltaico con la
geometría y las condiciones indicadas en el informe (coordenadas de poligonal,
tipo de vallado, cimentaciones, etc)
• Se aporta plano de detalle de servidumbre a arroyo (barranco de Aromeros) y
de servidumbre a carretera GC-192
• Se deberá diseñar e instalar un sistema de vigilancia cumpliendo con las
indicaciones del informe (postes, cableado)
• Sobre las cuestiones sectoriales en materia de carreteras:
La Planta Fotovoltaica Telde III deberá contar para su ejecución con la
correspondiente autorización que deberá emitirse por el Cabildo de Gran Canaria,
conforme a lo que se establece en el artículo 2º, apartado B.1, B.2 y B.3 del
Decreto 112/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Administración
Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en
materia de explotación, uso y defensa y régimen sancionador de las carreteras de
interés regional, ya que cruzan la Autopista GC-1.
En el supuesto caso que se otorgue autorización para la ejecución de las
Infraestructuras de Evacuación de energía eléctrica que crucen la Autopista GC-1,
no se podrán autorizar obras que puedan afectar a la seguridad de la circulación
vial de la carretera, perjudiquen la explanación de la carretera y sus elementos
funcionales, o no se permita su adecuada explotación, debiendo tenerse en cuenta
que no deben autorizarse excavaciones ni canalizaciones que puedan afectar a los
pasos superiores de la infraestructura viaria, ni a sus cimentaciones.
Se indica que el informe debe ser comunicado al Servicio de Carreteras del
Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, así como al Servicio de Vías y Obras del
Ilustre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio.
3.3.2.- Cabildo Insular de Gran Canaria - Servicio de Cultura y Patrimonio
Histórico (23/06/2020):
• Informa que en el proyecto se hace una una mera mención a la posible
afección a bienes del patrimonio histórico: "En el caso de detectar elementos
cve: BOE-B-2023-13820
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111
Miércoles 10 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 21592
GC-192, mientras que la línea de evacuación parece afectar (trazado propuesto en
proyecto) a las carreteras GC-191, GC-192 y GC-199.
• La planta fotovoltaica no afecta a la carretera de interés regional, autopista
GC-1, aunque el trazado propuesto de la línea de evacuación hasta la subestación
El Escobar de 66 KV atraviesa la GC-1 por un paso inferior.
• La planta fotovoltaica Telde III tiene concedido permiso de acceso a la
Subestación El Escobar 66kV, propiedad de REE. Las infraestructuras de
evacuación de la planta se realizarán de forma conjunta con otras plantas
fotovoltaicas ubicadas en la misma zona.
• Se ha presentado el Proyecto correspondiente a las infraestructuras de
evacuación de dichas plantas hasta la SET El Escobar 66 kV. La evacuación se
realizará a través de una subestación elevadora 66/20 kV denominada SET La Sal,
que formará parte del proyecto mencionado anteriormente. Dicho proyecto se
denomina "Infraestructuras de evacuación de las plantas fotovoltaicas Gran
Canaria I, II, II y Telde I, II, III, IV y V"
• Se procederá al vallado de todo el contorno del parque fotovoltaico con la
geometría y las condiciones indicadas en el informe (coordenadas de poligonal,
tipo de vallado, cimentaciones, etc)
• Se aporta plano de detalle de servidumbre a arroyo (barranco de Aromeros) y
de servidumbre a carretera GC-192
• Se deberá diseñar e instalar un sistema de vigilancia cumpliendo con las
indicaciones del informe (postes, cableado)
• Sobre las cuestiones sectoriales en materia de carreteras:
La Planta Fotovoltaica Telde III deberá contar para su ejecución con la
correspondiente autorización que deberá emitirse por el Cabildo de Gran Canaria,
conforme a lo que se establece en el artículo 2º, apartado B.1, B.2 y B.3 del
Decreto 112/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Administración
Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en
materia de explotación, uso y defensa y régimen sancionador de las carreteras de
interés regional, ya que cruzan la Autopista GC-1.
En el supuesto caso que se otorgue autorización para la ejecución de las
Infraestructuras de Evacuación de energía eléctrica que crucen la Autopista GC-1,
no se podrán autorizar obras que puedan afectar a la seguridad de la circulación
vial de la carretera, perjudiquen la explanación de la carretera y sus elementos
funcionales, o no se permita su adecuada explotación, debiendo tenerse en cuenta
que no deben autorizarse excavaciones ni canalizaciones que puedan afectar a los
pasos superiores de la infraestructura viaria, ni a sus cimentaciones.
Se indica que el informe debe ser comunicado al Servicio de Carreteras del
Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, así como al Servicio de Vías y Obras del
Ilustre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio.
3.3.2.- Cabildo Insular de Gran Canaria - Servicio de Cultura y Patrimonio
Histórico (23/06/2020):
• Informa que en el proyecto se hace una una mera mención a la posible
afección a bienes del patrimonio histórico: "En el caso de detectar elementos
cve: BOE-B-2023-13820
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 111