II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11037)
Resolución 452/38195/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales y escalas técnicas de los Cuerpos de Ingenieros.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64488
cuestionario de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploración
oftalmológica más precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto que
suspendan su utilización al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento
médico y acudan a él con gafas debidamente graduadas.
Las personas aspirantes que concurran a los procesos de ingreso por promoción y
que hayan sido declaradas aptos para el servicio con limitaciones para ocupar
determinados destinos, deberán notificarlo a la Junta de Reconocimiento Médico al
efectuar su presentación.
Los calificados como «no apto» serán eliminados del proceso de selección.
Dar positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que se
practique en este proceso de selección será motivo de exclusión de la persona aspirante,
de conformidad con la disposición quinta del III Plan General de Prevención de Drogas
en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de 14 de julio de 2020 (BOD número 147, de 23
de julio).
El resultado del reconocimiento médico podrá ser revisado a instancia del aspirante,
mediante solicitud dirigida al Presidente del Órgano de Selección del proceso de
selección en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) días naturales contados a
partir del siguiente al que se haga público el resultado por la Junta de Reconocimiento
Médico. El Presidente del Órgano de Selección dispondrá su comparecencia ante el
Tribunal Médico Militar de Apelación. El fallo de este Tribunal será definitivo para la
continuación en el proceso de selección.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base común decimoquinta respecto a la
protección de la maternidad, aquellas personas en quienes concurriese alguna
circunstancia justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida someterse al
reconocimiento en la fecha prevista, podrán solicitar al Órgano de Selección su inclusión
en una tanda de incidencias, y se someterán al reconocimiento médico, o lo
completarán, en la fecha que determine el Órgano de Selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base común segunda se deberá verificar
durante el desarrollo del reconocimiento médico. Si se detectara la existencia de algún caso
en el que no se cumpliera, se pondrá en conocimiento del Presidente del Órgano de
Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.
La Junta de Reconocimiento Médico y el Tribunal Médico Militar de Apelación
remitirán al Presidente del Órgano de Selección las actas con los resultados médicos
obtenidos.
Undécima.
Calificación final.
La calificación final y el posterior establecimiento del orden de prelación con el que
se realizará la selección de los aspirantes para ingresar en los centros docentes militares
de formación para incorporarse como militar de carrera o adscribirse como militar de
complemento, se efectuará conforme a lo marcado en la norma undécima de la Orden
DEF/420/2020, de 14 de mayo.
1.
Ingreso directo:
CF = PFC+PCM+PF+PI
En caso de igualdad en la calificación final, se resolverá atendiendo a la siguiente
prelación:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en la media de las pruebas de conocimientos de ciencias.
c) Mayor puntuación en la prueba de lengua inglesa.
d) Mayor puntuación en la fase de concurso.
cve: BOE-A-2023-11037
Verificable en https://www.boe.es
La calificación final del proceso de selección se obtendrá aplicando la siguiente
fórmula:
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64488
cuestionario de salud correspondiente. Con la finalidad de alcanzar una exploración
oftalmológica más precisa, se recomienda a los portadores de lentes de contacto que
suspendan su utilización al menos una semana antes de la fecha del reconocimiento
médico y acudan a él con gafas debidamente graduadas.
Las personas aspirantes que concurran a los procesos de ingreso por promoción y
que hayan sido declaradas aptos para el servicio con limitaciones para ocupar
determinados destinos, deberán notificarlo a la Junta de Reconocimiento Médico al
efectuar su presentación.
Los calificados como «no apto» serán eliminados del proceso de selección.
Dar positivo en detección de sustancias psicotrópicas o drogas en la analítica que se
practique en este proceso de selección será motivo de exclusión de la persona aspirante,
de conformidad con la disposición quinta del III Plan General de Prevención de Drogas
en las Fuerzas Armadas (III PGPDFAS), de 14 de julio de 2020 (BOD número 147, de 23
de julio).
El resultado del reconocimiento médico podrá ser revisado a instancia del aspirante,
mediante solicitud dirigida al Presidente del Órgano de Selección del proceso de
selección en el que participe, en un plazo no superior a tres (3) días naturales contados a
partir del siguiente al que se haga público el resultado por la Junta de Reconocimiento
Médico. El Presidente del Órgano de Selección dispondrá su comparecencia ante el
Tribunal Médico Militar de Apelación. El fallo de este Tribunal será definitivo para la
continuación en el proceso de selección.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base común decimoquinta respecto a la
protección de la maternidad, aquellas personas en quienes concurriese alguna
circunstancia justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida someterse al
reconocimiento en la fecha prevista, podrán solicitar al Órgano de Selección su inclusión
en una tanda de incidencias, y se someterán al reconocimiento médico, o lo
completarán, en la fecha que determine el Órgano de Selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base común segunda se deberá verificar
durante el desarrollo del reconocimiento médico. Si se detectara la existencia de algún caso
en el que no se cumpliera, se pondrá en conocimiento del Presidente del Órgano de
Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.
La Junta de Reconocimiento Médico y el Tribunal Médico Militar de Apelación
remitirán al Presidente del Órgano de Selección las actas con los resultados médicos
obtenidos.
Undécima.
Calificación final.
La calificación final y el posterior establecimiento del orden de prelación con el que
se realizará la selección de los aspirantes para ingresar en los centros docentes militares
de formación para incorporarse como militar de carrera o adscribirse como militar de
complemento, se efectuará conforme a lo marcado en la norma undécima de la Orden
DEF/420/2020, de 14 de mayo.
1.
Ingreso directo:
CF = PFC+PCM+PF+PI
En caso de igualdad en la calificación final, se resolverá atendiendo a la siguiente
prelación:
a) Mayor puntuación en la fase de oposición.
b) Mayor puntuación en la media de las pruebas de conocimientos de ciencias.
c) Mayor puntuación en la prueba de lengua inglesa.
d) Mayor puntuación en la fase de concurso.
cve: BOE-A-2023-11037
Verificable en https://www.boe.es
La calificación final del proceso de selección se obtendrá aplicando la siguiente
fórmula: