II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11036)
Resolución 452/38194/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110

Martes 9 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 64411

c) Haber cumplido los siguientes tiempos de servicio en su escala, en la fecha de
incorporación al centro docente militar de formación correspondiente, manteniendo hasta
la misma las condiciones habilitantes que le dan derecho sobre las plazas a las que opta:
– Militares de complemento de la Ley 17/1999: cuatro (4) años, contados desde su
adscripción a una escala y cuerpo.
– Militares de complemento de la Ley 39/2007: dos (2) años, contados desde su
adscripción a una escala y cuerpo.
– Suboficiales: un (1) año, contado desde su incorporación a la escala de
suboficiales.
– Militares de tropa y marinería: un (1) año, contado desde su incorporación a la
escala de tropa o marinería.
d) El personal militar que tenga establecida su relación de servicios profesionales
mediante compromisos de carácter temporal, deberá tenerlo en vigor en la fecha de
incorporación al centro docente militar de formación.
e) El personal militar de complemento de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, deberá
tener el empleo de teniente.
f) Estar en posesión de un perfil en el idioma inglés con un grado de capacidad
lingüística de al menos 2 (dos) en dos de las destrezas lingüísticas, y al menos 1 (uno)
en las otras dos que conforman el perfil, obtenido en las condiciones establecidas en la
Orden Ministerial 2/2022, de 12 de enero, y en la Instrucción 60/2022, de 18 de
noviembre, de la Subsecretaria.
Las personas interesadas que no posean el perfil lingüístico citado, deberán realizar
y superar la misma prueba de lengua inglesa que se define para la forma de ingreso
directo. Si tras realizar la prueba, no superasen la puntuación mínima, quedarán
excluidas del proceso de selección por no cumplir el requisito de nivel lingüístico.
2.

Comprobación de requisitos durante el proceso.

Tras la admisión al proceso de selección, si en el transcurso del mismo y hasta la
fecha de presentación en el centro docente militar de formación (CDMF) de las personas
aspirantes propuestas para ingresar como alumnos y alumnas, se comprobará que
cualquiera de ellas carece o no reúne alguno de los requisitos exigidos en esta
convocatoria, el Órgano de Selección acordará su exclusión. Dicha persona perderá los
derechos de participación, quedando anuladas todas las actuaciones, así como los
derechos o expectativas derivados de su condición de aspirante o del hecho de haber
superado el proceso de selección.
Si dicha información se conociera una vez nombrados alumnos y alumnas, o durante
el desarrollo de su formación, será propuesta su baja por el Director del CDMF
correspondiente, con arreglo al procedimiento legalmente establecido.
Tanto la exclusión del proceso de selección como la baja en el CDMF y pérdida de la
condición de alumno, lo serán sin perjuicio de las posibles responsabilidades de otra
índole en las que hubiera podido incurrir la persona interesada.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del
Estado».
Cuarta.

Aportación de documentación.

1. Para participar en los procesos de selección de esta Resolución se deberá
aportar la documentación que se relaciona en esta base en los plazos que se indican. En

cve: BOE-A-2023-11036
Verificable en https://www.boe.es

Tercera. Plazo de presentación de la solicitud de admisión a los procesos de selección.