II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11036)
Resolución 452/38194/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64429
c) Ejército del Aire y del Espacio:
Director de la Academia General del Aire y del Espacio.
Academia General del Aire y del Espacio-Santiago de la Ribera (Murcia).
Fax: 968 189 503-RPV: 834 2503.
Si alguna de las personas propuestas no efectuara su presentación en la fecha
indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se entenderá que renuncia
a la plaza asignada.
Para efectuar su presentación en el centro docente militar de formación, al personal
de procedencia militar le será proporcionado un título de viaje por su UCO de destino o
dependencia. Datos Administrativos:
a) Ejército de Tierra: les será de aplicación la indemnización por traslado del
artículo 23.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Unidad autorizadora: DIPE
(ETM 321000. Código de actividad: indemnización por traslado.
b) Armada: código de operación PZZ001. N.º CIS cargo cupo ALPER
CURSOS 855121/23.
c) Ejército del Aire y del Espacio: será de aplicación la indemnización por traslado
del artículo 23.1 del R.D. 462/2002, de 24 de mayo.
Al hacer su presentación, aquellos que previamente no tuvieran la condición militar
firmarán un documento de incorporación a las Fuerzas Armadas, y serán posteriormente
nombrados alumnos y alumnas por el Director del centro docente militar de formación
correspondiente, adquiriendo tal condición y extinguiéndose, respecto de ellos, todos los
derechos derivados de este proceso de selección.
Los nombrados alumnos y alumnas que previamente tuvieran un empleo militar
cesarán en su destino de origen, en la fecha de presentación, siendo destinados con
carácter forzoso al centro docente militar de formación correspondiente, conservando los
derechos administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Al ingresar en dichos
centros, permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo. Al acceder o
adscribirse a una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente
pérdida del empleo que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos
derivados del tiempo de servicio que tuvieran cumplido. La incorporación a un cuerpo
diferente pero de una escala del mismo nivel se hará conservando el empleo y el tiempo
de servicios cumplido en la escala de origen.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el «Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa» la lista de las personas nombradas alumnos y alumnas.
Una vez que la persona interesada ingrese en las Fuerzas Armadas, los datos de
carácter personal facilitados se incorporarán al fichero Registro de Información del
Personal del MINISDEF (SIPERDEF), responsabilidad de la Dirección General de
Personal, cuya finalidad es el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del
Ministerio de Defensa, el control, la gestión y el seguimiento de costes de recursos
humanos, la gestión y el control de salidas de información, la elaboración de estadísticas
y la gestión del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado (AGE) en el
ámbito del departamento. Asimismo, los datos necesarios para la correcta confección de
la nómina serán incorporados al Fichero de Gestión de Nómina del Personal del
Ministerio de Defensa (MONPER), responsabilidad de la Subdirección General de
Servicios Económicos y Pagadurías, cuya finalidad es la gestión y administración de la
nómina del personal civil y militar del Ministerio de Defensa.
La destinataria de los datos es la Dirección General de Personal en el fichero de
SIPERDEF y la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías en el
fichero de MONPER quienes, en cumplimiento del principio de calidad de sus datos,
conservarán la información consignada con la finalidad descrita, no teniendo previsto
realizar cesiones a terceros distintas de las previstas por ley u orden ministerial.
cve: BOE-A-2023-11036
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64429
c) Ejército del Aire y del Espacio:
Director de la Academia General del Aire y del Espacio.
Academia General del Aire y del Espacio-Santiago de la Ribera (Murcia).
Fax: 968 189 503-RPV: 834 2503.
Si alguna de las personas propuestas no efectuara su presentación en la fecha
indicada, sin justificar debidamente la causa de su ausencia, se entenderá que renuncia
a la plaza asignada.
Para efectuar su presentación en el centro docente militar de formación, al personal
de procedencia militar le será proporcionado un título de viaje por su UCO de destino o
dependencia. Datos Administrativos:
a) Ejército de Tierra: les será de aplicación la indemnización por traslado del
artículo 23.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Unidad autorizadora: DIPE
(ETM 321000. Código de actividad: indemnización por traslado.
b) Armada: código de operación PZZ001. N.º CIS cargo cupo ALPER
CURSOS 855121/23.
c) Ejército del Aire y del Espacio: será de aplicación la indemnización por traslado
del artículo 23.1 del R.D. 462/2002, de 24 de mayo.
Al hacer su presentación, aquellos que previamente no tuvieran la condición militar
firmarán un documento de incorporación a las Fuerzas Armadas, y serán posteriormente
nombrados alumnos y alumnas por el Director del centro docente militar de formación
correspondiente, adquiriendo tal condición y extinguiéndose, respecto de ellos, todos los
derechos derivados de este proceso de selección.
Los nombrados alumnos y alumnas que previamente tuvieran un empleo militar
cesarán en su destino de origen, en la fecha de presentación, siendo destinados con
carácter forzoso al centro docente militar de formación correspondiente, conservando los
derechos administrativos inherentes al empleo militar que tuvieran. Al ingresar en dichos
centros, permanecerán o pasarán a la situación de servicio activo. Al acceder o
adscribirse a una nueva escala causarán baja en la de origen, con la consiguiente
pérdida del empleo que tuvieran en la escala anterior, pero manteniendo los derechos
derivados del tiempo de servicio que tuvieran cumplido. La incorporación a un cuerpo
diferente pero de una escala del mismo nivel se hará conservando el empleo y el tiempo
de servicios cumplido en la escala de origen.
Los Directores de Enseñanza publicarán en el «Boletín Oficial del Ministerio de
Defensa» la lista de las personas nombradas alumnos y alumnas.
Una vez que la persona interesada ingrese en las Fuerzas Armadas, los datos de
carácter personal facilitados se incorporarán al fichero Registro de Información del
Personal del MINISDEF (SIPERDEF), responsabilidad de la Dirección General de
Personal, cuya finalidad es el registro de las vicisitudes de la vida laboral del personal del
Ministerio de Defensa, el control, la gestión y el seguimiento de costes de recursos
humanos, la gestión y el control de salidas de información, la elaboración de estadísticas
y la gestión del Plan de Pensiones de la Administración General del Estado (AGE) en el
ámbito del departamento. Asimismo, los datos necesarios para la correcta confección de
la nómina serán incorporados al Fichero de Gestión de Nómina del Personal del
Ministerio de Defensa (MONPER), responsabilidad de la Subdirección General de
Servicios Económicos y Pagadurías, cuya finalidad es la gestión y administración de la
nómina del personal civil y militar del Ministerio de Defensa.
La destinataria de los datos es la Dirección General de Personal en el fichero de
SIPERDEF y la Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías en el
fichero de MONPER quienes, en cumplimiento del principio de calidad de sus datos,
conservarán la información consignada con la finalidad descrita, no teniendo previsto
realizar cesiones a terceros distintas de las previstas por ley u orden ministerial.
cve: BOE-A-2023-11036
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 110