II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11036)
Resolución 452/38194/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110

Martes 9 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 64424

responsabilidad de la persona aspirante presentar el certificado para su convalidación en
procesos de selección sucesivos.
2.6.1

Pruebas físicas.

Las personas aspirantes deberán finalizar y superar las pruebas físicas que figuran
en el Apéndice 7.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para la
realización de las pruebas físicas. En ella se indicará la tanda asignada a cada persona
aspirante, así como el lugar, la fecha y la hora del inicio de la misma, debiendo aportar el
modelo de certificado médico oficial señalado en la base cuarta, punto 1.7.
En las formas de ingreso por promoción, los militares profesionales podrán acreditar
la aptitud física mediante la presentación del correspondiente certificado de haber
superado las pruebas físicas periódicas establecidas por la OM 54/2014, de 11 de
noviembre (BOD número 226, de 19 de noviembre). Dicha acreditación se efectuará sólo
para aquellas pruebas que por sus características sean idénticas a las requeridas en
este proceso, siempre que estén en vigor de acuerdo a las instrucciones particulares de
cada ejército y con una marca igual o mejor a las marcas mínimas establecidas en esta
convocatoria. El certificado deberá presentarse antes del comienzo de la primera prueba
física.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimoquinta respecto a la protección de la
maternidad, si en alguna persona aspirante concurriese alguna circunstancia
debidamente justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida realizar las
pruebas físicas en la fecha en que son convocados, podrán solicitar del Presidente del
Órgano de Selección, antes de su inicio, su inclusión, por una sola vez, en alguna de las
tandas de incidencias que sea necesario programar. El Órgano de Selección podrá
decidir, previa deliberación, estimar lo solicitado incluyéndola en la tanda de incidencias
para realizar las pruebas físicas en la fecha que determine.
Si durante la realización de las pruebas físicas, una vez que la persona aspirante
haya comenzado la ejecución de la primera, no terminara o no superara alguna de ellas,
se le considerará eliminada del proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario para
la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Las personas aspirantes calificados como «no apto» serán eliminadas del proceso
de selección.
El requisito específico del apartado 1.2.1 de la base segunda se deberá verificar
durante el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de algún caso
en el que no se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del Presidente del
Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de
selección.
Pruebas Psicológicas.

Estas pruebas explorarán las características de personalidad de las personas
aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer
su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los resultados
obtenidos serán tomados en consideración en el posterior reconocimiento médico. A tal
efecto, las personas participantes deberán atender cualquier requerimiento por parte del
Órgano de Selección respecto a la realización de pruebas psicológicas complementarias
para la determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas se publicará de

cve: BOE-A-2023-11036
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2.6.2