II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11036)
Resolución 452/38194/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante las formas de ingreso directo y promoción, para la incorporación como militar de carrera o la adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia.
64 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 9 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 64418

Resueltas las alegaciones, reclamaciones o, en su caso, aceptados los
desistimientos, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar dictará
resolución por la que se aprueben los listados definitivos de personas admitidas y
excluidas.
Una vez publicado el listado definitivo de personas admitidas y excluidas al proceso
de selección, y hasta la finalización del mismo, toda aportación de documentación,
solicitud de información o trámite se realizará a través de la Secretaría del Órgano de
Selección. Toda la documentación así generada, y la electrónica que pudiera aportar la
persona interesada, se cursará al Presidente del Órgano de Selección de manera
individual con el mismo procedimiento señalado el punto 2 de la base anterior.
En la dirección electrónica indicada anteriormente se publicará, junto con el listado
definitivo de personas admitidas y excluidas, la dirección SIMENDEF, la dirección postal
y el número de teléfono de la citada Secretaría.
Adicionalmente, las personas aspirantes podrán tener contacto con el Órgano de
Selección a través de la dirección de correo electrónico señalada en la base cuarta. El
contenido de los correos tiene una finalidad informativa, careciendo de cualquier eficacia
administrativa como argumento en recursos, peticiones o reclamaciones.
Sexta. Órgano de Selección, Tribunal Médico Militar de Apelación y Secretaría de
Procesos de Selección.
Para el desarrollo y la resolución de los procesos de selección de esta convocatoria
se constituye un único Órgano de Selección con la composición que se establece en el
Apéndice 5.
La Indemnización por Residencia Eventual (IRE) o por gastos de viaje que pudiera
corresponder a este personal correrá a cargo del Ejército respectivo o de la Armada.
Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Órgano de Selección
según lo señalado en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cuando
concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la citada Ley y lo previsto en el
artículo 13 del Reglamento.
Como órganos asesores y de apoyo, dependientes del Órgano de Selección, se
constituirá una Junta de Reconocimiento Médico y una Junta de Educación Física, y se
nombrarán asesores para la prueba de lengua inglesa, las pruebas psicológicas y
aquellas otras materias que se consideren. Igualmente, se constituirá una Secretaría
para la gestión de los procesos de selección.
Se constituirá un Tribunal Médico Militar de Apelación con la finalidad de resolver las
revisiones de los resultados del reconocimiento médico que las personas aspirantes,
expresamente, pudieran solicitar ante el Órgano de Selección. Su composición se
establece en el Apéndice 5.
Finalmente, existirán diversos órganos de apoyo de carácter técnico, administrativo o
de servicios, que contribuirán al correcto desarrollo del proceso de selección.
La Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar será el órgano
responsable del desarrollo de los procesos de selección, de la aprobación y publicación
de las listas de personas admitidas y excluidas a las pruebas y de la relación de las
personas propuestas para ingresar como alumnos y alumnas en los centros docentes
militares de formación. Dependiente de ella, se constituirá una Secretaría de Procesos
de Selección para dirigir, coordinar y verificar el desarrollo de los procesos de selección,
compuesta por asesores especialistas que actúan en auxilio del Órgano de Selección
para publicar o notificar sus actos, así como para el apoyo (de personal y material) y la
coordinación entre dicho Órgano de Selección, Tribunal Médico Militar de Apelación,
órganos asesores y órganos de apoyo. Dicha Secretaría también se encargará de hacer
efectiva la reposición de bajas y no presentaciones a la fase de acogida, orientación y
adaptación a la vida militar cuando corresponda.

cve: BOE-A-2023-11036
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 110