II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas. (BOE-A-2023-11033)
Resolución 452/38191/2023, de 5 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo, con y sin exigencia de titulación universitaria previa, para la incorporación como militar de carrera o adscripción como militar de complemento a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales, del Cuerpo de Infantería de Marina y del Cuerpo de la Guardia Civil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64251
sean convocados, quedarán exentos de pasar las pruebas físicas y el reconocimiento
médico correspondientes a los siguientes procesos de selección en los que participen,
siempre que las marcas de las pruebas físicas y las exigencias del reconocimiento
médico superados sean de igual o superior dificultad a las que se pretenden convalidar.
El Órgano de Selección deberá emitir certificados de realización o superación, según el
caso, de estas pruebas para todas las personas aspirantes que participen en más de un
proceso de selección. Es responsabilidad del aspirante presentarla para su convalidación
en procesos sucesivos.
Las pruebas para verificar la aptitud psicofísica se podrán realizar por tandas.
2.2.1
Pruebas físicas.
Las personas aspirantes deberán finalizar y superar las pruebas físicas que figuran
en el apéndice 7.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para la
realización de las pruebas físicas. En ella se indicará la tanda asignada a cada aspirante,
así como el lugar, la fecha y hora del inicio de la misma, debiendo aportar el modelo de
certificado médico oficial señalado en la base cuarta, punto 1.6.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimoquinta respecto a la protección de la
maternidad, si en alguna persona aspirante concurriese alguna circunstancia
debidamente justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida realizar las
pruebas físicas en la fecha en que son convocados, podrán solicitar del Presidente del
Órgano de Selección, antes de su inicio, su inclusión por una sola vez, en alguna de las
tandas de incidencias que sea necesario programar. El Órgano de Selección podrá
decidir, previa deliberación, estimar lo solicitado incluyéndola en la tanda de incidencias,
debiendo realizar las pruebas físicas en la fecha que se determine.
Si durante la realización de las pruebas físicas, una vez que la persona aspirante
haya comenzado la ejecución de la primera, por cualquier causa no se presentara o no
terminara alguna de ellas, se considerará eliminado del proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física, y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario
para la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Las personas aspirantes calificadas como «no apto» serán eliminadas del proceso
de selección.
El requisito específico del apartado 1.1.l) de la base segunda se deberá verificar
durante el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de algún caso
en el que no se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del Presidente del
Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de
selección.
Pruebas Psicológicas.
Estas pruebas explorarán las características de personalidad de las personas
aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer
su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los resultados
obtenidos serán tomados en consideración en el reconocimiento médico. A tal efecto, las
personas aspirantes deberán atender cualquier requerimiento por parte de los órganos
de selección respecto a la realización de pruebas psicológicas complementarias para la
determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas se publicará de manera
específica a través de la página web: https://reclutamiento.defensa.gob.es/procesoacceso/.
cve: BOE-A-2023-11033
Verificable en https://www.boe.es
2.2.2
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 64251
sean convocados, quedarán exentos de pasar las pruebas físicas y el reconocimiento
médico correspondientes a los siguientes procesos de selección en los que participen,
siempre que las marcas de las pruebas físicas y las exigencias del reconocimiento
médico superados sean de igual o superior dificultad a las que se pretenden convalidar.
El Órgano de Selección deberá emitir certificados de realización o superación, según el
caso, de estas pruebas para todas las personas aspirantes que participen en más de un
proceso de selección. Es responsabilidad del aspirante presentarla para su convalidación
en procesos sucesivos.
Las pruebas para verificar la aptitud psicofísica se podrán realizar por tandas.
2.2.1
Pruebas físicas.
Las personas aspirantes deberán finalizar y superar las pruebas físicas que figuran
en el apéndice 7.
El Presidente del Órgano de Selección hará pública la convocatoria para la
realización de las pruebas físicas. En ella se indicará la tanda asignada a cada aspirante,
así como el lugar, la fecha y hora del inicio de la misma, debiendo aportar el modelo de
certificado médico oficial señalado en la base cuarta, punto 1.6.
Sin perjuicio de lo estipulado en la base decimoquinta respecto a la protección de la
maternidad, si en alguna persona aspirante concurriese alguna circunstancia
debidamente justificada, enfermedad banal o lesión fortuita, que les impida realizar las
pruebas físicas en la fecha en que son convocados, podrán solicitar del Presidente del
Órgano de Selección, antes de su inicio, su inclusión por una sola vez, en alguna de las
tandas de incidencias que sea necesario programar. El Órgano de Selección podrá
decidir, previa deliberación, estimar lo solicitado incluyéndola en la tanda de incidencias,
debiendo realizar las pruebas físicas en la fecha que se determine.
Si durante la realización de las pruebas físicas, una vez que la persona aspirante
haya comenzado la ejecución de la primera, por cualquier causa no se presentara o no
terminara alguna de ellas, se considerará eliminado del proceso de selección.
El orden de realización de las pruebas será establecido por la Junta de Educación
Física, y permitirá la recuperación de la prueba anterior y el calentamiento necesario
para la realización de la siguiente.
La calificación que puede obtenerse en las pruebas físicas será de «apto» o «no
apto». Las personas aspirantes calificadas como «no apto» serán eliminadas del proceso
de selección.
El requisito específico del apartado 1.1.l) de la base segunda se deberá verificar
durante el desarrollo de las pruebas físicas. Si se detectara la existencia de algún caso
en el que no se cumple el requisito, se pondrá en conocimiento del Presidente del
Órgano de Selección a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de
selección.
Pruebas Psicológicas.
Estas pruebas explorarán las características de personalidad de las personas
aspirantes para detectar indicadores de posibles trastornos que pudieran comprometer
su rendimiento en los CDMF, o su futuro desempeño profesional. Los resultados
obtenidos serán tomados en consideración en el reconocimiento médico. A tal efecto, las
personas aspirantes deberán atender cualquier requerimiento por parte de los órganos
de selección respecto a la realización de pruebas psicológicas complementarias para la
determinación de su aptitud. La convocatoria de dichas pruebas se publicará de manera
específica a través de la página web: https://reclutamiento.defensa.gob.es/procesoacceso/.
cve: BOE-A-2023-11033
Verificable en https://www.boe.es
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