III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-11058)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Córdoba.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 64704
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
11058
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales
de Córdoba.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Córdoba un Convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 28 de abril de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Córdoba, en materia de
gestión catastral
Madrid y Córdoba, veintisiete de abril del año dos mil veintitrés.
De una parte: Don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte: Doña Carmen María Castro Coto, Presidenta del Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Córdoba, proclamada como tal el 14 de junio de 2021, en
nombre y representación del mismo en virtud de las competencias que le atribuye el
artículo 48 de los Estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Córdoba,
aprobados por Orden de 21 de noviembre de 2019 de la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía (BOJA de 2 de
diciembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
cve: BOE-A-2023-11058
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 110
Martes 9 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 64704
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
11058
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales
de Córdoba.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Córdoba un Convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 28 de abril de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Córdoba, en materia de
gestión catastral
Madrid y Córdoba, veintisiete de abril del año dos mil veintitrés.
De una parte: Don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte: Doña Carmen María Castro Coto, Presidenta del Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Córdoba, proclamada como tal el 14 de junio de 2021, en
nombre y representación del mismo en virtud de las competencias que le atribuye el
artículo 48 de los Estatutos del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Córdoba,
aprobados por Orden de 21 de noviembre de 2019 de la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía (BOJA de 2 de
diciembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
cve: BOE-A-2023-11058
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Primero.