II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-10945)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de los Grupos I, II, III y IV.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 63294
A estos efectos, deberán aportar los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor.
b) Original y copia del Título académico que le habilite para el acceso a las plazas
convocadas.
c) Original de aquellos documentos que justifiquen los méritos valorados en la fase
de concurso, salvo que dicha documentación obre ya en poder de la Universidad de
Málaga, y así se haya hecho constar en el formulario de presentación de méritos.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
e) Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad, así como
documentación certificada por las autoridades competentes de su país de origen en la
que se acredite no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida,
en su Estado, el acceso a la función pública.
f) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas habituales de la Categoría profesional.
g) Las personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de persona con
discapacidad deberán presentar certificación del organismo competente para acreditar
tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la
Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y
funciones correspondientes.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en este apartado, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.2 Anulación de actuaciones. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaren los documentos o del examen de los mismos se dedujera
que carece de algunos de los requisitos señalados, o no concuerdan los originales con
las fotocopias presentadas en la fase de concurso, no podrán ser contratados/as y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud.
8.3 Adjudicación de plazas y formalización de contrato. Finalizado el plazo de
presentación de documentación, el Sr. Rector dictará Resolución adjudicando las plazas
objeto de la convocatoria a las personas aspirantes que hubiesen superado el respectivo
proceso selectivo. Dichas personas formalizarán un contrato de trabajo en el que se
contemplará el período de prueba establecido en el vigente Convenio Colectivo para el
Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía para cada categoría
profesional, transcurrido el cual adquirirán la condición de personal laboral fijo aquellas
que lo hayan superado satisfactoriamente.
9.
Bolsa de trabajo
Una vez concluido cada proceso selectivo, se confeccionarán las correspondientes
bolsas de trabajo, conforme a los criterios de inclusión y ordenación establecidos en el
Reglamento de configuración y funcionamiento de las bolsas de trabajo del Personal
de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo
de Gobierno de la Universidad el 24 de mayo de 2022, integrada por las personas
aspirantes que no hubieran superado las pruebas selectivas y a quienes corresponda
formar parte de la misma, para su posible contratación como personal laboral
eventual, siempre y cuando las necesidades de personal en la Universidad de Málaga
así lo requieran.
cve: BOE-A-2023-10945
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 63294
A estos efectos, deberán aportar los siguientes documentos:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor.
b) Original y copia del Título académico que le habilite para el acceso a las plazas
convocadas.
c) Original de aquellos documentos que justifiquen los méritos valorados en la fase
de concurso, salvo que dicha documentación obre ya en poder de la Universidad de
Málaga, y así se haya hecho constar en el formulario de presentación de méritos.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas según el modelo que figura como anexo IV a esta convocatoria.
e) Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad, así como
documentación certificada por las autoridades competentes de su país de origen en la
que se acredite no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida,
en su Estado, el acceso a la función pública.
f) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas habituales de la Categoría profesional.
g) Las personas aspirantes que hayan hecho valer su condición de persona con
discapacidad deberán presentar certificación del organismo competente para acreditar
tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la
Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y
funciones correspondientes.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en este apartado, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
8.2 Anulación de actuaciones. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentaren los documentos o del examen de los mismos se dedujera
que carece de algunos de los requisitos señalados, o no concuerdan los originales con
las fotocopias presentadas en la fase de concurso, no podrán ser contratados/as y
quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren
incurrido por falsedad en la solicitud.
8.3 Adjudicación de plazas y formalización de contrato. Finalizado el plazo de
presentación de documentación, el Sr. Rector dictará Resolución adjudicando las plazas
objeto de la convocatoria a las personas aspirantes que hubiesen superado el respectivo
proceso selectivo. Dichas personas formalizarán un contrato de trabajo en el que se
contemplará el período de prueba establecido en el vigente Convenio Colectivo para el
Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía para cada categoría
profesional, transcurrido el cual adquirirán la condición de personal laboral fijo aquellas
que lo hayan superado satisfactoriamente.
9.
Bolsa de trabajo
Una vez concluido cada proceso selectivo, se confeccionarán las correspondientes
bolsas de trabajo, conforme a los criterios de inclusión y ordenación establecidos en el
Reglamento de configuración y funcionamiento de las bolsas de trabajo del Personal
de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga, aprobado por el Consejo
de Gobierno de la Universidad el 24 de mayo de 2022, integrada por las personas
aspirantes que no hubieran superado las pruebas selectivas y a quienes corresponda
formar parte de la misma, para su posible contratación como personal laboral
eventual, siempre y cuando las necesidades de personal en la Universidad de Málaga
así lo requieran.
cve: BOE-A-2023-10945
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109