II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-10947)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Servicios de Conserjería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 63355
El Tribunal celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de tres meses, a
partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en
orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5 Sesiones. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal,
para actuar válidamente, requerirá la idéntica mayoría de sus miembros, titulares o
suplentes, a la indicada en el apartado anterior.
5.6 Actuación del Tribunal. A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente
convocatoria. En todo caso, el procedimiento de actuación se ajustará a lo dispuesto en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las actuaciones del Tribunal tendrán los efectos previstos en el artículo 95 del
Reglamento de Régimen económico-financiero de la Universidad, y sus miembros
percibirán las indemnizaciones en concepto de asistencias previstas en el mismo.
5.7 Personas Asesoras. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores/as especialistas para las pruebas correspondientes del ejercicio que se
estime pertinente, limitándose dichos/as asesores/as a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. La designación de tales asesores/as deberá ser comunicada al
Sr. Rector de la Universidad de Málaga por parte de la persona que ostente la
presidencia del Tribunal.
5.8 Adaptaciones para personas con discapacidad. El Tribunal adoptará las
medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las
personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización
del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán para las
personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4 las
adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. De considerarse
necesario, se solicitará el oportuno informe del Servicio de Prevención de Riesgos
Laborales y cuales otros sean procedentes para adoptar la decisión que corresponda.
Las adaptaciones no se otorgarán de forma automática, sino únicamente en aquellos
casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, debiendo
las personas interesadas aportar la información necesaria.
5.9 Realización conjunta del ejercicio y anonimato en la corrección. La persona que
ostente la presidencia del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que el ejercicio
de la fase de oposición se realice de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá
nombrar colaboradores/as en número suficiente para garantizar el correcto y normal
desarrollo del mismo. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar
que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de
las personas aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellas personas en cuyo ejercicio
figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de las
mismas.
5.10 Información a las personas participantes. A efectos de comunicaciones y
demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de PAS, Edificio de
Servicios Múltiples de la Universidad de Málaga, Plaza de El Ejido, s/n, 29071, Málaga.
Asimismo, cualquier información de interés para el proceso será publicada en la web de
la Universidad de Málaga (https://www.uma.es/pas).
5.11 Transparencia. El Tribunal informará a las personas opositoras que lo soliciten
por escrito acerca de los criterios de corrección y puntuación obtenida en sus ejercicios.
En aplicación de lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
transparencia pública de Andalucía, realizado el ejercicio se procederá a publicar en la
página web de la Universidad de Málaga el cuadernillo correspondiente a cada uno de
ellos, así como, en el caso de pruebas de tipo test, la plantilla con las respuestas
correctas.
cve: BOE-A-2023-10947
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 63355
El Tribunal celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de tres meses, a
partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en
orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5 Sesiones. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal,
para actuar válidamente, requerirá la idéntica mayoría de sus miembros, titulares o
suplentes, a la indicada en el apartado anterior.
5.6 Actuación del Tribunal. A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá las
dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas
necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente
convocatoria. En todo caso, el procedimiento de actuación se ajustará a lo dispuesto en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las actuaciones del Tribunal tendrán los efectos previstos en el artículo 95 del
Reglamento de Régimen económico-financiero de la Universidad, y sus miembros
percibirán las indemnizaciones en concepto de asistencias previstas en el mismo.
5.7 Personas Asesoras. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores/as especialistas para las pruebas correspondientes del ejercicio que se
estime pertinente, limitándose dichos/as asesores/as a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. La designación de tales asesores/as deberá ser comunicada al
Sr. Rector de la Universidad de Málaga por parte de la persona que ostente la
presidencia del Tribunal.
5.8 Adaptaciones para personas con discapacidad. El Tribunal adoptará las
medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las
personas aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización
del ejercicio que el resto de participantes. En este sentido, se establecerán para las
personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4 las
adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. De considerarse
necesario, se solicitará el oportuno informe del Servicio de Prevención de Riesgos
Laborales y cuales otros sean procedentes para adoptar la decisión que corresponda.
Las adaptaciones no se otorgarán de forma automática, sino únicamente en aquellos
casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar, debiendo
las personas interesadas aportar la información necesaria.
5.9 Realización conjunta del ejercicio y anonimato en la corrección. La persona que
ostente la presidencia del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que el ejercicio
de la fase de oposición se realice de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá
nombrar colaboradores/as en número suficiente para garantizar el correcto y normal
desarrollo del mismo. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar
que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de
las personas aspirantes. El Tribunal excluirá a aquellas personas en cuyo ejercicio
figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de las
mismas.
5.10 Información a las personas participantes. A efectos de comunicaciones y
demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de PAS, Edificio de
Servicios Múltiples de la Universidad de Málaga, Plaza de El Ejido, s/n, 29071, Málaga.
Asimismo, cualquier información de interés para el proceso será publicada en la web de
la Universidad de Málaga (https://www.uma.es/pas).
5.11 Transparencia. El Tribunal informará a las personas opositoras que lo soliciten
por escrito acerca de los criterios de corrección y puntuación obtenida en sus ejercicios.
En aplicación de lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de
transparencia pública de Andalucía, realizado el ejercicio se procederá a publicar en la
página web de la Universidad de Málaga el cuadernillo correspondiente a cada uno de
ellos, así como, en el caso de pruebas de tipo test, la plantilla con las respuestas
correctas.
cve: BOE-A-2023-10947
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109