II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-10947)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Servicios de Conserjería.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 63351
caso de imposibilidad técnica o material, se haga en alguna de sus oficinas de asistencia
en materia de registros, o bien por cualquier otro medio de los establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes se dirigirán a la Jefatura del
Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga.
Finalizado el plazo para la presentación de méritos, el Tribunal calificador hará
pública en la página web del Servicio de P.A.S. (https://www.uma.es/pas/) la valoración
provisional de los méritos correspondientes a la fase de concurso, de acuerdo con lo
dispuesto en el anexo II, indicando, al menos, los apellidos, el nombre y la puntuación
obtenida en cada apartado, y estableciéndose un plazo de cinco días hábiles para la
presentación de posibles alegaciones por las personas interesadas.
Resueltas las alegaciones, el Tribunal Calificador hará pública la valoración definitiva
de los méritos de los/as candidatos/as, con idénticos requisitos que los especificados en
el párrafo anterior, pudiendo ésta ser recurrida, en tiempo y forma, ante el Sr. Rector de
la Universidad de Málaga.
1.3.3 Medio de publicación. Todas las resoluciones que se adopten, en referencia a
cualquiera de las fases de que constan estas pruebas selectivas, se harán públicas,
necesariamente, en la página web http://www.uma.es/pas, así como a través de aquellos
otros medios que se considere conveniente para su mayor difusión.
2.
Requisitos de las personas aspirantes
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de las
personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión
Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y
los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de
otros Estados cuando así se prevea en los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España.
Asimismo, podrán participar las personas extranjeras con residencia legal en
España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
categoría profesional a la que se aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida que figura en el anexo I de la presente convocatoria.
2.2 Requisitos específicos. Los fijados en el anexo I de la presente convocatoria, en
su caso.
cve: BOE-A-2023-10947
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Requisitos generales. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas
selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 63351
caso de imposibilidad técnica o material, se haga en alguna de sus oficinas de asistencia
en materia de registros, o bien por cualquier otro medio de los establecidos en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes se dirigirán a la Jefatura del
Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Málaga.
Finalizado el plazo para la presentación de méritos, el Tribunal calificador hará
pública en la página web del Servicio de P.A.S. (https://www.uma.es/pas/) la valoración
provisional de los méritos correspondientes a la fase de concurso, de acuerdo con lo
dispuesto en el anexo II, indicando, al menos, los apellidos, el nombre y la puntuación
obtenida en cada apartado, y estableciéndose un plazo de cinco días hábiles para la
presentación de posibles alegaciones por las personas interesadas.
Resueltas las alegaciones, el Tribunal Calificador hará pública la valoración definitiva
de los méritos de los/as candidatos/as, con idénticos requisitos que los especificados en
el párrafo anterior, pudiendo ésta ser recurrida, en tiempo y forma, ante el Sr. Rector de
la Universidad de Málaga.
1.3.3 Medio de publicación. Todas las resoluciones que se adopten, en referencia a
cualquiera de las fases de que constan estas pruebas selectivas, se harán públicas,
necesariamente, en la página web http://www.uma.es/pas, así como a través de aquellos
otros medios que se considere conveniente para su mayor difusión.
2.
Requisitos de las personas aspirantes
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de las
personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión
Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y
los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún
años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de
otros Estados cuando así se prevea en los Tratados internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España.
Asimismo, podrán participar las personas extranjeras con residencia legal en
España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
categoría profesional a la que se aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida que figura en el anexo I de la presente convocatoria.
2.2 Requisitos específicos. Los fijados en el anexo I de la presente convocatoria, en
su caso.
cve: BOE-A-2023-10947
Verificable en https://www.boe.es
2.1 Requisitos generales. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas
selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: