III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2023-11016)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica la aprobación de la modificación parcial del producto "Super 11" de la modalidad de lotería denominada "Juego Activo de la ONCE" y del Reglamento regulador de los productos de dicha modalidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63882
5.4 Ninguno de los premios será acumulativo, debiendo abonar la ONCE al
cliente el importe del premio superior que resulte para el boleto y sorteo
correspondiente.
5.5 En los boletos con combinaciones múltiples, para uno o varios sorteos, y
a los efectos de los límites establecidos en los apartados 19.7, 20.5 y 21.1 del
Reglamento, se considerarán individualmente cada uno de los premios,
contenidos en dichos boletos.
5.6 La probabilidad de premio del producto "Super 11" es la siguiente:
– Combinaciones tipo 11: una combinación premiada de cada 3,6 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 10: una combinación premiada de cada 4,2 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 9: una combinación premiada de cada 4,9 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 8: una combinación premiada de cada 5,3 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 7: una combinación premiada de cada 5,2 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 6: una combinación premiada de cada 3,0 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 5: una combinación premiada de cada 3,0 combinaciones
vendidas.
6.
Normas específicas de la celebración del Sorteo.
cve: BOE-A-2023-11016
Verificable en https://www.boe.es
6.1 El sorteo del producto "Super 11" consistirá en la obtención aleatoria de
veinte números comprendidos entre el 1 y 85, ambos inclusive, que conformarán
la combinación ganadora.
6.2 La combinación ganadora del producto "Super 11" se obtendrá mediante
la celebración de sorteos virtuales (regulados en los artículos 9 a 16 del
Reglamento).
6.3 Dado que todos los premios del producto "Super 11" son fijos, no se
realizará escrutinio de este producto.
6.4 En el caso de sobrepasar los límites de premios expresados en el
apartado 5.3 del presente apéndice, se deberá determinar el importe de los
premios correspondientes a las combinaciones agraciadas, de acuerdo con lo
dispuesto en el citado apartado 5.3. A tal efecto, el Director General de la ONCE
designará al Presidente y al Interventor que cumplan las condiciones establecidas
en el artículo 17 del Reglamento para que, antes de las 24 horas del día siguiente
a la celebración del Sorteo, determinen el importe de los premios, y proceda a
emitir la Lista Oficial de Premios contemplada en el artículo 18 del Reglamento.
6.5 Salvo lo indicado en el apartado anterior, en el producto "Super 11" la
Lista Oficial de Premios se generará directamente por el Sistema Central en base
al acta del sorteo y al presente apéndice.
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63882
5.4 Ninguno de los premios será acumulativo, debiendo abonar la ONCE al
cliente el importe del premio superior que resulte para el boleto y sorteo
correspondiente.
5.5 En los boletos con combinaciones múltiples, para uno o varios sorteos, y
a los efectos de los límites establecidos en los apartados 19.7, 20.5 y 21.1 del
Reglamento, se considerarán individualmente cada uno de los premios,
contenidos en dichos boletos.
5.6 La probabilidad de premio del producto "Super 11" es la siguiente:
– Combinaciones tipo 11: una combinación premiada de cada 3,6 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 10: una combinación premiada de cada 4,2 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 9: una combinación premiada de cada 4,9 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 8: una combinación premiada de cada 5,3 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 7: una combinación premiada de cada 5,2 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 6: una combinación premiada de cada 3,0 combinaciones
vendidas.
– Combinaciones tipo 5: una combinación premiada de cada 3,0 combinaciones
vendidas.
6.
Normas específicas de la celebración del Sorteo.
cve: BOE-A-2023-11016
Verificable en https://www.boe.es
6.1 El sorteo del producto "Super 11" consistirá en la obtención aleatoria de
veinte números comprendidos entre el 1 y 85, ambos inclusive, que conformarán
la combinación ganadora.
6.2 La combinación ganadora del producto "Super 11" se obtendrá mediante
la celebración de sorteos virtuales (regulados en los artículos 9 a 16 del
Reglamento).
6.3 Dado que todos los premios del producto "Super 11" son fijos, no se
realizará escrutinio de este producto.
6.4 En el caso de sobrepasar los límites de premios expresados en el
apartado 5.3 del presente apéndice, se deberá determinar el importe de los
premios correspondientes a las combinaciones agraciadas, de acuerdo con lo
dispuesto en el citado apartado 5.3. A tal efecto, el Director General de la ONCE
designará al Presidente y al Interventor que cumplan las condiciones establecidas
en el artículo 17 del Reglamento para que, antes de las 24 horas del día siguiente
a la celebración del Sorteo, determinen el importe de los premios, y proceda a
emitir la Lista Oficial de Premios contemplada en el artículo 18 del Reglamento.
6.5 Salvo lo indicado en el apartado anterior, en el producto "Super 11" la
Lista Oficial de Premios se generará directamente por el Sistema Central en base
al acta del sorteo y al presente apéndice.