III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-11005)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Iron Power Energy, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Iron 1", de 51,725 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Torrecilla de la Abadesa y Villalar de los Comuneros (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63786
con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 11 de mayo de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y el 19 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valladolid». Se recibieron alegaciones las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre dichas alegaciones se puede destacar la realizada por la sociedad Azucena
New Energy, SL, promotor del expediente SGEE/PFot-152, relativa a la duplicidad de
tramitación de la infraestructura de evacuación eléctrica compartida. Se ha dado traslado
al promotor, el cual indica que no existe tal duplicidad, ya que no es su intención tramitar
dicha infraestructura común.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, a la
Confederación Hidrográfica del Duero, a la Subdirección General de Economía
Circular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la
Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Salud Pública de la Junta de Castilla y León, a la Fundación de Patrimonio Natural
de Castilla y León de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, a la
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, a la Oficina
Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Sociedad Española de Ornitología (S.E.O./BirdLife), a
Greenpeace, a Ecologistas en Acción, a la Sociedad Española para la Conservación
y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU) y al Fondo Mundial para la Naturaleza
(WWF/ADENA).
Las consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto de consideración
en el trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, del cual ha
resultado la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales
que deban ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid emitió
informe en fecha 17 de noviembre de 2021, complementado posteriormente con
diferentes actualizaciones.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA)
han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución
de 22 de diciembre de 2022 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA o
declaración de impacto ambiental), en la que se establecen las condiciones ambientales,
incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la
evaluación ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el «Boletín
Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
cve: BOE-A-2023-11005
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 109
Lunes 8 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63786
con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 11 de mayo de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado» y el 19 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Valladolid». Se recibieron alegaciones las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre dichas alegaciones se puede destacar la realizada por la sociedad Azucena
New Energy, SL, promotor del expediente SGEE/PFot-152, relativa a la duplicidad de
tramitación de la infraestructura de evacuación eléctrica compartida. Se ha dado traslado
al promotor, el cual indica que no existe tal duplicidad, ya que no es su intención tramitar
dicha infraestructura común.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y
Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a
la de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, a la
Confederación Hidrográfica del Duero, a la Subdirección General de Economía
Circular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la
Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Salud Pública de la Junta de Castilla y León, a la Fundación de Patrimonio Natural
de Castilla y León de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León, a la Dirección
General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, a la
Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y León, a la Oficina
Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, a la Sociedad Española de Ornitología (S.E.O./BirdLife), a
Greenpeace, a Ecologistas en Acción, a la Sociedad Española para la Conservación
y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU) y al Fondo Mundial para la Naturaleza
(WWF/ADENA).
Las consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto de consideración
en el trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto, del cual ha
resultado la declaración de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales
que deban ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid emitió
informe en fecha 17 de noviembre de 2021, complementado posteriormente con
diferentes actualizaciones.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA)
han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución
de 22 de diciembre de 2022 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA o
declaración de impacto ambiental), en la que se establecen las condiciones ambientales,
incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la
evaluación ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el «Boletín
Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
cve: BOE-A-2023-11005
Verificable en https://www.boe.es
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