V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-13199)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se otorga la licencia provisional para la prestación del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el puerto de Alcúdia a la empresa Servicios Portuarios Alcudia, S.L.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 20600
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
13199
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se otorga
la licencia provisional para la prestación del servicio portuario de amarre
y desamarre de buques en el puerto de Alcúdia a la empresa Servicios
Portuarios Alcudia, S.L.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 29 de marzo de 2023, adoptó el acuerdo de otorgar a la
empresa Servicios Portuarios Alcudia, S.L., licencia provisional para la prestación
del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el puerto de Alcúdia, en
los términos establecidos en el Pliego, con el contenido señalado en el artículo 117
del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante,
aprobado por RDL 2/2011, y de conformidad con el Reglamento UE 2017/352, por
un plazo de vigencia de un (1) año o hasta que, en su caso, fuese aprobada una
modificación del actual pliego de prescripciones particulares, si éste plazo fuese
menor y sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones
legales que afecten al régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a
indemnización alguna a su favor, computándose dicha licencia provisional a partir
de 12 de abril de 2023.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, en el plazo de un (1) mes, recurso de reposición potestativo, ante el
órgano que ha resuelto o recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,
en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de
la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier
otro que estime procedente.
Palma, 26 de abril de 2023.- El Presidente, D. Jaume Colom Adrover.
cve: BOE-B-2023-13199
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230015641-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. V-B. Pág. 20600
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13199
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se otorga
la licencia provisional para la prestación del servicio portuario de amarre
y desamarre de buques en el puerto de Alcúdia a la empresa Servicios
Portuarios Alcudia, S.L.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión
celebrada en fecha 29 de marzo de 2023, adoptó el acuerdo de otorgar a la
empresa Servicios Portuarios Alcudia, S.L., licencia provisional para la prestación
del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el puerto de Alcúdia, en
los términos establecidos en el Pliego, con el contenido señalado en el artículo 117
del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante,
aprobado por RDL 2/2011, y de conformidad con el Reglamento UE 2017/352, por
un plazo de vigencia de un (1) año o hasta que, en su caso, fuese aprobada una
modificación del actual pliego de prescripciones particulares, si éste plazo fuese
menor y sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones
legales que afecten al régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a
indemnización alguna a su favor, computándose dicha licencia provisional a partir
de 12 de abril de 2023.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá
interponer, en el plazo de un (1) mes, recurso de reposición potestativo, ante el
órgano que ha resuelto o recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,
en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de
la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier
otro que estime procedente.
Palma, 26 de abril de 2023.- El Presidente, D. Jaume Colom Adrover.
cve: BOE-B-2023-13199
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ID: A230015641-1
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