II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-10892)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 62989
por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en
los términos correspondientes.
5.7 El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen
pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. El nombramiento de tales asesores corresponderá al Rector de
la Universidad de Cádiz.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que los/as aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los demás participantes. En este
sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma
prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para
que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante
el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.
5.10 Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos
deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de
continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las administraciones Públicas.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, CP 11003 Cádiz, teléfono 956015039
y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que,
en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de
pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El primer ejercicio no se celebrará antes del 1 de julio de 2023. La fecha, lugar y
hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se hará pública en la
página Web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el
listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as. La publicación de los anuncios de
celebración de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del
Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación de los mismos se iniciará, según la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la
Secretaría de Estado de Función Pública, por aquellos aspirantes cuyo primer apellido
comience por la letra «U», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética
resultante del listado de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se
iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente.
cve: BOE-A-2023-10892
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 62989
por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en
los términos correspondientes.
5.7 El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen
pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. El nombramiento de tales asesores corresponderá al Rector de
la Universidad de Cádiz.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que
resulte necesario, de forma que los/as aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización del ejercicio que el resto de los demás participantes. En este
sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma
prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para
que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante
el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.
5.10 Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos
deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de
continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las administraciones Públicas.
5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Edificio Hospital Real, Plaza de Falla, núm. 8, CP 11003 Cádiz, teléfono 956015039
y en la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es. El Tribunal dispondrá que,
en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.
5.12 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda
establecida en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz
sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.
5.13 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el
proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de
pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El primer ejercicio no se celebrará antes del 1 de julio de 2023. La fecha, lugar y
hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se hará pública en la
página Web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) junto con el
listado definitivo de admitidos/as y excluidos/as. La publicación de los anuncios de
celebración de los siguientes ejercicios se efectuará en la página web mencionada, con
veinticuatro horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del
Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en único
llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden
de actuación de los mismos se iniciará, según la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la
Secretaría de Estado de Función Pública, por aquellos aspirantes cuyo primer apellido
comience por la letra «U», atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética
resultante del listado de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de actuación se
iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente.
cve: BOE-A-2023-10892
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Núm. 108