I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2023-10871)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Sábado 6 de mayo de 2023

Número del
convenio en el
listado

Sec. I. Pág. 62637

Fecha de
recepción

Otra jurisdicción contratante

62

España.

7.2.2023

64

Tailandia.

7.2.2023

66

Ucrania

30.4.2020

67

Emiratos Árabes Unidos.

30.4.2020

68

Reino Unido.

30.0.2020

(4).

(3)
El Convenio entre el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno del Reino de los Países
Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y
sobre el patrimonio fue denunciado y sus disposiciones dejaron de surtir efecto el 1.1.2022.
(4)
El Convenio entre el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno de Ucrania para evitar la
doble imposición sobre la renta y sobre el patrimonio y prevenir la evasión fiscal fue denunciado y sus
disposiciones dejaron de surtir efecto el 1.1.2023.

Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para
que surtan efecto las notificaciones adicionales (artículo 35.7.a).v) y vi))
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del Convenio, la Federación de Rusia
confirmó, en las fechas que se indican a continuación, que había concluido sus
procedimientos internos para que surtieran efecto las notificaciones adicionales
efectuadas por la Parte que se indica a continuación respecto de su convenio:
Número del
convenio en
el listado

34

Otra
jurisdicción
contratante

Kazajistán.

Fecha de
recepción

21.10.2021

Información sobre la notificación adicional
Disposición

Jurisdicción
afectada

Fecha de la
comunicación

Artículo 6.5).

Kazajistán.

26.11.2020

Artículo
7.17.a).

Kazajistán.

26.11.2020

Artículo
16.6.a).

Kazajistán.

26.11.2020

HONG KONG.
21-02-2023 NOTIFICACIÓN SOBRE EL ARTÍCULO 35 (7) (a) (i).
Artículo 35.

Fecha de efecto.

El presente documento contiene la notificación por la que la República Popular China
en nombre de la Región Administrativa Especial de Hong Kong (en adelante, la «RAE de
Hong Kong») confirma que ha concluido sus procedimientos internos en relación con los
convenios fiscales comprendidos a los que hace referencia este documento a efectos de
lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del Convenio.
Notificación de la confirmación de la conclusión de los procedimientos internos para
que surtan efecto las disposiciones del Convenio en relación con los convenios fiscales
comprendidos (artículo 35.7.a).i))
A efectos de lo dispuesto en el artículo 35.7.b) del Convenio, la República Popular
China en nombre de la RAE de Hong Kong confirma que ha concluido sus

cve: BOE-A-2023-10871
Verificable en https://www.boe.es

Notificación efectuada en virtud del artículo 35.7.b).