III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-10896)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Fundació Joan Miró y la Fundación Privada Abertis, para colaborar en la organización de la itinerancia de la exposición «Universo Miró».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63013
Los actos y actividades más destacados podrán contar con la participación y
presencia de representantes de las partes firmantes.
Tercera.
Comunicación.
Por medio del presente convenio, la FJM, la Fundación Abertis y AECID constarán
en todos los soportes de comunicación (prensa incluida) que se produzcan para
promocionar la exposición, tanto en los elementos online (web, redes sociales, boletín
electrónico…) como off line (folletos, paneles informativos, agendas institucionales…).
Las instituciones deberán ser expresamente nombradas en todos los actos de
presentación y/o ruedas de prensa.
Siendo el objetivo primordial de este proyecto la promoción de la obra de Joan Miró,
así como en un contexto más amplio la promoción y difusión de la cultura española, las
acciones promocionales en los países de itinerancia se orientarán a públicos diversos
coincidentes con los intereses de todas las partes firmantes, incluyendo actividades de
carácter educativo entre comunidades escolares locales.
Los derechos cedidos de acuerdo con este convenio no autorizan la difusión,
promoción, producción, venta o utilización de anuncios, campañas, artículos o soportes
realizados sin sometimiento pleno a las leyes, reglamentos y demás normas aplicables al
caso, o que puedan lesionar la imagen de las instituciones firmantes.
Por lo que se refiere a la difusión de la reproducción de las obras de Joan Miró fuera
del contexto de la exposición, es necesario solicitar la autorización de los derechos de
autor vía Successió Miró CB: rights@successiomiro.com.
Successió Miró CB, entidad gestora de los derechos de autor del artista, indicará a
través de cuál de sus agencias representativas se deberá gestionar dicha autorización
dependiendo del país de solicitud.
Cuarta.
Financiación.
Este convenio no conlleva contraprestación económica para la AECID.
La Fundación Abertis contribuirá económicamente a la ejecución de este proyecto
aportando los recursos tanto relacionales como monetarios requeridos para cada
itinerancia, asumiendo el coste de préstamo de las obras y la dirección técnica que
desarrolle la FJM, así como el coste total de la organización, cesión y derechos de las
exposiciones en las representaciones acordadas.
El presupuesto anual aproximado que la Fundación Abertis destinará para sufragar
las actividades objeto del presente convenio establecido en la cláusula primera será
de 180.000 euros. Este presupuesto es orientativo y la Fundación Abertis podrá
modificarlo asignando la cantidad anual de manera particular y para cada una de las
exposiciones itinerantes tras analizar las características de las itinerancias recogidas en
acta por la comisión de seguimiento.
Medidas de control y seguimiento.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento con el objetivo de resolver los
problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del
presente convenio.
La Comisión Mixta de Seguimiento, además, interpretará y resolverá las dudas que
se desprendan de este convenio.
La Comisión Mixta estará integrada por dos representantes de cada una de las
partes firmantes, los cuales acordarán quien ejercerá la Presidencia de esta y quien
actuará como Secretario.
Sexta.
Modificación.
La modificación del contenido del presente convenio requerirá acuerdo unánime de
los firmantes y se sustanciará a través de la correspondiente Adenda Modificativa, que
cve: BOE-A-2023-10896
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63013
Los actos y actividades más destacados podrán contar con la participación y
presencia de representantes de las partes firmantes.
Tercera.
Comunicación.
Por medio del presente convenio, la FJM, la Fundación Abertis y AECID constarán
en todos los soportes de comunicación (prensa incluida) que se produzcan para
promocionar la exposición, tanto en los elementos online (web, redes sociales, boletín
electrónico…) como off line (folletos, paneles informativos, agendas institucionales…).
Las instituciones deberán ser expresamente nombradas en todos los actos de
presentación y/o ruedas de prensa.
Siendo el objetivo primordial de este proyecto la promoción de la obra de Joan Miró,
así como en un contexto más amplio la promoción y difusión de la cultura española, las
acciones promocionales en los países de itinerancia se orientarán a públicos diversos
coincidentes con los intereses de todas las partes firmantes, incluyendo actividades de
carácter educativo entre comunidades escolares locales.
Los derechos cedidos de acuerdo con este convenio no autorizan la difusión,
promoción, producción, venta o utilización de anuncios, campañas, artículos o soportes
realizados sin sometimiento pleno a las leyes, reglamentos y demás normas aplicables al
caso, o que puedan lesionar la imagen de las instituciones firmantes.
Por lo que se refiere a la difusión de la reproducción de las obras de Joan Miró fuera
del contexto de la exposición, es necesario solicitar la autorización de los derechos de
autor vía Successió Miró CB: rights@successiomiro.com.
Successió Miró CB, entidad gestora de los derechos de autor del artista, indicará a
través de cuál de sus agencias representativas se deberá gestionar dicha autorización
dependiendo del país de solicitud.
Cuarta.
Financiación.
Este convenio no conlleva contraprestación económica para la AECID.
La Fundación Abertis contribuirá económicamente a la ejecución de este proyecto
aportando los recursos tanto relacionales como monetarios requeridos para cada
itinerancia, asumiendo el coste de préstamo de las obras y la dirección técnica que
desarrolle la FJM, así como el coste total de la organización, cesión y derechos de las
exposiciones en las representaciones acordadas.
El presupuesto anual aproximado que la Fundación Abertis destinará para sufragar
las actividades objeto del presente convenio establecido en la cláusula primera será
de 180.000 euros. Este presupuesto es orientativo y la Fundación Abertis podrá
modificarlo asignando la cantidad anual de manera particular y para cada una de las
exposiciones itinerantes tras analizar las características de las itinerancias recogidas en
acta por la comisión de seguimiento.
Medidas de control y seguimiento.
Se constituye una Comisión Mixta de Seguimiento con el objetivo de resolver los
problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del
presente convenio.
La Comisión Mixta de Seguimiento, además, interpretará y resolverá las dudas que
se desprendan de este convenio.
La Comisión Mixta estará integrada por dos representantes de cada una de las
partes firmantes, los cuales acordarán quien ejercerá la Presidencia de esta y quien
actuará como Secretario.
Sexta.
Modificación.
La modificación del contenido del presente convenio requerirá acuerdo unánime de
los firmantes y se sustanciará a través de la correspondiente Adenda Modificativa, que
cve: BOE-A-2023-10896
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.