I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Medidas urgentes. (BOE-A-2023-10880)
Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108

Sábado 6 de mayo de 2023

Sec. I. Pág. 62903

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
10880

Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de
la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón.
ÍNDICE

Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Fines.
Artículo 3. Ámbito territorial.
Capítulo II. Consumo de cercanía
Artículo 4. Consumo eléctrico de cercanía.
Capítulo III. Líneas directas y consumo de cercanía.
Artículo 5. Líneas directas.
Artículo 6. Tipología.
Artículo 7. Criterios para la concesión de autorizaciones de líneas directas.
Artículo 8. Declaración responsable para la construcción de líneas directas.
Artículo 9. Exclusión de las redes.
Artículo 10. Propiedad y titularidad de las líneas directas para autoconsumo.
Artículo 11. Contratación de suministro de electricidad por consumidores con líneas
directas.
Capítulo IV. Autoconsumo.
Artículo 12. Instalaciones próximas de producción a efectos de autoconsumo.
Artículo 13. Medidas sobre autoconsumo sin excedentes.
Artículo 14. Medidas sobre autoconsumo con excedentes.

Artículo 15. Ámbito de aplicación.
Artículo 16. Concepto y tipos de comunidades de energía.
Artículo 17. Comunidad ciudadana de energía.
Artículo 18. Comunidad de energías renovables.
Artículo 19. Mancomunidades de energía,
Artículo 20. Forma jurídica.
Artículo 21. Requisitos.
Artículo 22. Actividad propia de las comunidades de energía.
Artículo 23. Derechos de sus miembros.
Artículo 24. Obligaciones de sus miembros.
Artículo 25. Derechos y obligaciones de las comunidades de energía.
Artículo 26. Representación legal.
Artículo 27. Derecho de superficie.
Artículo 28. Rentabilidad social prevalente de inversiones de comunidades de
energía.
Artículo 29. Consumidores vulnerables.
Artículo 30. Simplificación y agilización de procedimientos.
Artículo 31. Medidas de fomento y apoyo a las comunidades de energía.

cve: BOE-A-2023-10880
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Capítulo V. Comunidades de energía.