III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-10841)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, en materia de gestión electoral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 62360
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
10841
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, en
materia de gestión electoral.
Habiéndose suscrito el 24 de abril de 2023 el Convenio en materia de gestión
electoral entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Presidencia y Relaciones
Institucionales de la Comunidad Autónoma de Aragón, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución,
Madrid, 27 de abril de 2023.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio en materia de gestión electoral entre el Ministerio del Interior
y el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales de la Comunidad
Autónoma de Aragón
Madrid, a 24 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ministro del Interior, don Fernando Grande-Marlaska Gómez,
nombrado por el Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, actuando en representación de
este Ministerio de acuerdo con lo previsto en los artículos 48.2 y 61.k), de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales de la
Comunidad Autónoma de Aragón, doña María Teresa Pérez Esteban, nombrada por
Decreto de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, y facultada
expresamente para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de 5 de abril
de 2023.
Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada una interviene, la
capacidad legal para la firma del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Que el principio de cooperación consagrado implícitamente en la Constitución
Española, así como el principio de colaboración recogido en los principios generales y de
actuación establecidos en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Publico (LRJSP) son principios informadores que deben presidir las
relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas, de conformidad con lo
establecido en las sentencias del Tribunal Constitucional 64/1982, 71/1983 y 104/1988,
sin que ello implique la extensión de las competencias estatales (SSTC 18/1982,
880/1985 y 96/1986).
cve: BOE-A-2023-10841
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 107
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 62360
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
10841
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, en
materia de gestión electoral.
Habiéndose suscrito el 24 de abril de 2023 el Convenio en materia de gestión
electoral entre el Ministerio del Interior y el Departamento de Presidencia y Relaciones
Institucionales de la Comunidad Autónoma de Aragón, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución,
Madrid, 27 de abril de 2023.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio en materia de gestión electoral entre el Ministerio del Interior
y el Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales de la Comunidad
Autónoma de Aragón
Madrid, a 24 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ministro del Interior, don Fernando Grande-Marlaska Gómez,
nombrado por el Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, actuando en representación de
este Ministerio de acuerdo con lo previsto en los artículos 48.2 y 61.k), de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, la Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales de la
Comunidad Autónoma de Aragón, doña María Teresa Pérez Esteban, nombrada por
Decreto de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, y facultada
expresamente para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de 5 de abril
de 2023.
Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada una interviene, la
capacidad legal para la firma del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Que el principio de cooperación consagrado implícitamente en la Constitución
Española, así como el principio de colaboración recogido en los principios generales y de
actuación establecidos en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Publico (LRJSP) son principios informadores que deben presidir las
relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas, de conformidad con lo
establecido en las sentencias del Tribunal Constitucional 64/1982, 71/1983 y 104/1988,
sin que ello implique la extensión de las competencias estatales (SSTC 18/1982,
880/1985 y 96/1986).
cve: BOE-A-2023-10841
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