II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-10823)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos/as Auxiliares de Biblioteca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. II.B. Pág. 62209

Resueltas las alegaciones, el Tribunal Calificador correspondiente hará pública la
valoración definitiva de los méritos de los/as candidatos/as, con idénticos requisitos que
los especificados en el párrafo anterior, pudiendo ésta ser recurrida, en tiempo y forma,
ante el Sr. Rector de la Universidad de Málaga.
1.3.3 Medio de publicación. Todas las resoluciones que se adopten, en referencia a
cualquiera de las fases de que constan estas pruebas selectivas, se harán públicas,
necesariamente, en la página web http://www.uma.es/pas, así como a través de aquellos
otros medios que se considere conveniente para su mayor difusión.
2.

Requisitos de las personas aspirantes

2.1 Requisitos generales. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas
selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.2 Posesión y mantenimiento de los requisitos. Todos los requisitos deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
hasta el momento de la toma de posesión.
3.

Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en solicitud, según modelo disponible para su descarga en la
siguiente dirección: https://www.uma.es/pas/, especificando claramente el código del

cve: BOE-A-2023-10823
Verificable en https://www.boe.es

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle
definida en tratado de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge,
ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de
otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de
derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este
último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros
Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España.
b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber cumplido la edad de
jubilación.
c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo
Grado o equivalente, o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para
mayores de veinticinco años; en este último supuesto será necesario, además, estar en
posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a
efectos profesionales, o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios
universitarios.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión del
documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española
exigida.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas. En el caso de nacionales de los demás Estamos miembros de la
Unión Europea o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle
definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.