II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-10823)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Técnicos/as Auxiliares de Biblioteca.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 62216
relativas al programa que figura en el anexo II. Se valorará de 0 a 50 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener, al menos, 25 puntos, y quedando facultado el Tribunal
para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha calificación.
Las respuestas incorrectas serán valoradas negativamente del siguiente modo: cada
respuesta incorrecta se penalizará con un cuarto de respuesta correcta, de manera que,
a efectos de obtener la calificación en el primer ejercicio, el número de aciertos vendrá
dado por la aplicación de la siguiente fórmula:
AN = A – (F x 0,25)
Siendo AN el número de aciertos a considerar a efectos del cómputo de la
calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y F el número de errores
obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos
efectos.
El ejercicio constará del número de preguntas que determine el Tribunal, a las que se
añadirán preguntas adicionales que solo serán corregidas, en el orden de su aparición,
en el caso de que sean anuladas, por cualquier causa, alguna/s de las que conste el
ejercicio. El tiempo de realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.
Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en realizar un ejercicio
con un mínimo de 10 preguntas y máximo de 20, teórico-prácticas, de respuesta corta,
relacionadas con el temario específico que consta en el bloque II del anexo II, realizado
en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal. Junto con la
convocatoria para la realización de este ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios
de valoración y corrección.
El ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobar obtener, al
menos, 25 puntos, y quedando facultado el Tribunal para la determinación del nivel
mínimo exigido para la obtención de dicha calificación. El tiempo de realización de este
ejercicio será determinado por el Tribunal.
2.
Fase de concurso
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición tomarán parte en la fase
de concurso, donde sólo serán valorados aquellos méritos que hayan sido presentados
conforme a lo establecido en la Base 1.3.2. de la presente Resolución.
Los méritos serán valorados con referencia al último día del plazo para la
presentación de la solicitud de participación en las presentes pruebas selectivas.
La fase de concurso se valorará de 0 a 40 puntos.
En dicha fase se valorarán los siguientes méritos, hasta el máximo establecido, de
acuerdo con la siguiente escala:
1. Por servicios prestados en la Escala de Técnicos/as Auxiliares de Biblioteca o en
la categoría profesional de Técnico/a Especialista de Biblioteca, Archivo y Museo de la
Universidad de Málaga, o en otras Universidades públicas españolas como funcionario/a
en Escalas de Bibliotecas encuadradas en el grupo C, subgrupo C1, hasta el último día
del plazo de presentación de solicitudes, 0,44 puntos por cada mes completo de trabajo.
2. Por servicios prestados como funcionario/a en Cuerpos o Escalas de Bibliotecas
encuadradas en el grupo C, subgrupo C1, de otras Administraciones públicas españolas,
hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,22 puntos por cada mes
completo de trabajo.
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Málaga se acreditarán mediante
documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las
funciones concretas que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo
competente.
cve: BOE-A-2023-10823
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 107
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. II.B. Pág. 62216
relativas al programa que figura en el anexo II. Se valorará de 0 a 50 puntos, siendo
necesario para aprobar obtener, al menos, 25 puntos, y quedando facultado el Tribunal
para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha calificación.
Las respuestas incorrectas serán valoradas negativamente del siguiente modo: cada
respuesta incorrecta se penalizará con un cuarto de respuesta correcta, de manera que,
a efectos de obtener la calificación en el primer ejercicio, el número de aciertos vendrá
dado por la aplicación de la siguiente fórmula:
AN = A – (F x 0,25)
Siendo AN el número de aciertos a considerar a efectos del cómputo de la
calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y F el número de errores
obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos
efectos.
El ejercicio constará del número de preguntas que determine el Tribunal, a las que se
añadirán preguntas adicionales que solo serán corregidas, en el orden de su aparición,
en el caso de que sean anuladas, por cualquier causa, alguna/s de las que conste el
ejercicio. El tiempo de realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.
Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en realizar un ejercicio
con un mínimo de 10 preguntas y máximo de 20, teórico-prácticas, de respuesta corta,
relacionadas con el temario específico que consta en el bloque II del anexo II, realizado
en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal. Junto con la
convocatoria para la realización de este ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios
de valoración y corrección.
El ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobar obtener, al
menos, 25 puntos, y quedando facultado el Tribunal para la determinación del nivel
mínimo exigido para la obtención de dicha calificación. El tiempo de realización de este
ejercicio será determinado por el Tribunal.
2.
Fase de concurso
Las personas aspirantes que superen la fase de oposición tomarán parte en la fase
de concurso, donde sólo serán valorados aquellos méritos que hayan sido presentados
conforme a lo establecido en la Base 1.3.2. de la presente Resolución.
Los méritos serán valorados con referencia al último día del plazo para la
presentación de la solicitud de participación en las presentes pruebas selectivas.
La fase de concurso se valorará de 0 a 40 puntos.
En dicha fase se valorarán los siguientes méritos, hasta el máximo establecido, de
acuerdo con la siguiente escala:
1. Por servicios prestados en la Escala de Técnicos/as Auxiliares de Biblioteca o en
la categoría profesional de Técnico/a Especialista de Biblioteca, Archivo y Museo de la
Universidad de Málaga, o en otras Universidades públicas españolas como funcionario/a
en Escalas de Bibliotecas encuadradas en el grupo C, subgrupo C1, hasta el último día
del plazo de presentación de solicitudes, 0,44 puntos por cada mes completo de trabajo.
2. Por servicios prestados como funcionario/a en Cuerpos o Escalas de Bibliotecas
encuadradas en el grupo C, subgrupo C1, de otras Administraciones públicas españolas,
hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,22 puntos por cada mes
completo de trabajo.
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Málaga se acreditarán mediante
documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las
funciones concretas que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo
competente.
cve: BOE-A-2023-10823
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 107