V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-12986)
Anuncio de 4 de abril de 2023 de la Delegación Territorial en Sevilla de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, por el que se somete a información pública el expediente de ocupación temporal forzosa de terrenos solicitados por la sociedad «CAL GOV SAU», con motivo de la ejecución del proyecto de investigación del permiso de investigación "San Javier" N.º 7.983, localizado en los términos municipales de Estepa, Lora de Estepa y la Roda de Andalucía (Sevilla).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. V-B. Pág. 20329

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

12986

Anuncio de 4 de abril de 2023 de la Delegación Territorial en Sevilla de
Economía, Hacienda, Fondos Europeos, Política Industrial y Energía de
la Junta de Andalucía, por el que se somete a información pública el
expediente de ocupación temporal forzosa de terrenos solicitados por la
sociedad «CAL GOV SAU», con motivo de la ejecución del proyecto de
inve stigación de l pe rmiso de inve stigación "San Javie r" N.º 7.983,
localizado en los términos municipales de Estepa, Lora de Estepa y la
Roda de Andalucía (Sevilla).

A la vista de la solicitud practicada por la sociedad «Calgov S.A.U.», con fecha
10 de octubre de 2022, titular del Permiso de Investigación "San Javier" nº 7.983,
en su consideración de beneficiaria a los efectos previstos en el artículo 2.3 de la
Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y artículo 5 del Decreto
de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa y concurriendo en la citada solicitud las circunstancias
recogidas en el art. 104 de la Ley 22/73, de 21 de julio, de Minas y art. 130.3 de su
Reglamento aprobado por RD 2857/78, de 25 de agosto, se inicia el expediente de
ocupación temporal (3 años) al objeto de dar cumplimiento al Proyecto de
Investigación del Permiso de Investigación "San Javier" n.º 7.983, aprobado
mediante resolución de otorgamiento de fecha 19 de agosto de 2022.
Ante la imposibilidad de llegar a acuerdos con algunos propietarios afectados y
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa, de 16 de diciembre de 1.954, la entidad beneficiaria «Calgov SAU» ha
formalizado la relación concreta e individualizada de los terrenos sobre los que
considera necesaria la ocupación temporal, incluida en Anexo adjunto al presente
anuncio.

Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación
presentada en esta Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo
Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades
en Sevilla, en Avda. Grecia s/n, Ed. Administrativo "Los Bermejales", 41.012 de
Sevilla, o en el portal de la transparencia Link Público:
http://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html donde
se podrá consultar la información adicional que se considera relevante para
garantizar la transparencia en el procedimiento de ocupación temporal a través del

cve: BOE-B-2023-12986
Verificable en https://www.boe.es

Por ello, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 18 de la Ley de
Expropiación Forzosa y 17 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa,
procede someter la indicada relación al trámite de información pública en un plazo
de veinte (20) días siguientes a la publicación del presente anuncio. Durante dicho
plazo, según establece el artículo 19 de la Ley de expropiación forzosa, cualquier
persona podrá aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles
errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la
necesidad de la ocupación. En este caso indicará los motivos por los que deba
considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros
derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más conveniente al fin
que se persigue. En el caso previsto en el párrafo 2 del artículo 17, cualquier
persona podrá formular alegaciones, a los solos efectos de subsanar posibles
errores en la relación.