III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-10638)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Albéniz, para colaborar en la organización de la actividad cultural "Lunes Clásicos".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 2 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61299
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar, por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán
ser aprobadas por ambas instituciones a través de la comisión de seguimiento del
convenio.
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización
y gestión.
Para la ejecución de este convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades culturales, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público, de:
– Publicidad de la celebración de la actividad cultural dentro del plan general de
publicidad de la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa en el apartado correspondiente de la web de
la UIMP.
– Servicios de personal propio derivado de la gestión de la actividad cultural.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización la actividad cultural: locales, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia.
– Alquiler, traslado y afinación de un piano para dos de los conciertos.
b) La Fundación Albéniz, por su parte, se encargará de las siguientes gestiones, de
acuerdo a sus procedimientos y normativa:
– Alquiler, traslado y afinación de un piano para uno de los conciertos.
– Apoyará a la UIMP en la campaña de promoción de la actividad cultural, a través
de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la difusión directa
del programa entre el público específico o llevando a cabo cuantas otras acciones estime
convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria
de la UIMP.
– Apoyará a través de su propio gabinete de prensa y comunicación la labor
realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria
coordinación y apoyo mutuo.
Cuarta. Compromisos económicos de las partes.
Colaboración en la financiación.
I. El presente convenio no implica un traspaso de fondos entre las partes firmantes.
II. La Fundación Albéniz asumirá directamente la financiación de las partidas que
gestiona de acuerdo con lo indicado en el apartado b) de la cláusula tercera, con cargo a
su presupuesto ordinario.
III. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de aquellos gastos que gestiona de acuerdo con lo indicado en
el apartado a) de la cláusula tercera, mediante aportación directa de personal así como
de otros servicios con cargo al concepto 33.101.322C.226.06, o aquellos otros de su
presupuesto vigente que correspondan de acuerdo con la naturaleza de cada uno de los
gastos, en los que existe crédito adecuado y suficiente y, para lo cual la UIMP tramita y
aprueba los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el
conjunto de actividades, según los procedimientos legalmente establecidos.
Quinta. Visibilidad de las partes. Publicidad y difusión.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de la actividad «Lunes
Clásicos» se destacará la colaboración de la Fundación Albéniz con la UIMP, respetando
cve: BOE-A-2023-10638
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 104
Martes 2 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61299
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar, por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán
ser aprobadas por ambas instituciones a través de la comisión de seguimiento del
convenio.
Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización
y gestión.
Para la ejecución de este convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades culturales, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público, de:
– Publicidad de la celebración de la actividad cultural dentro del plan general de
publicidad de la UIMP.
– Diseño y maquetación del programa en el apartado correspondiente de la web de
la UIMP.
– Servicios de personal propio derivado de la gestión de la actividad cultural.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización la actividad cultural: locales, servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia.
– Alquiler, traslado y afinación de un piano para dos de los conciertos.
b) La Fundación Albéniz, por su parte, se encargará de las siguientes gestiones, de
acuerdo a sus procedimientos y normativa:
– Alquiler, traslado y afinación de un piano para uno de los conciertos.
– Apoyará a la UIMP en la campaña de promoción de la actividad cultural, a través
de su propia web, con anuncios complementarios en prensa, mediante la difusión directa
del programa entre el público específico o llevando a cabo cuantas otras acciones estime
convenientes, respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña publicitaria
de la UIMP.
– Apoyará a través de su propio gabinete de prensa y comunicación la labor
realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria
coordinación y apoyo mutuo.
Cuarta. Compromisos económicos de las partes.
Colaboración en la financiación.
I. El presente convenio no implica un traspaso de fondos entre las partes firmantes.
II. La Fundación Albéniz asumirá directamente la financiación de las partidas que
gestiona de acuerdo con lo indicado en el apartado b) de la cláusula tercera, con cargo a
su presupuesto ordinario.
III. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de aquellos gastos que gestiona de acuerdo con lo indicado en
el apartado a) de la cláusula tercera, mediante aportación directa de personal así como
de otros servicios con cargo al concepto 33.101.322C.226.06, o aquellos otros de su
presupuesto vigente que correspondan de acuerdo con la naturaleza de cada uno de los
gastos, en los que existe crédito adecuado y suficiente y, para lo cual la UIMP tramita y
aprueba los correspondientes expedientes de gasto con carácter general para el
conjunto de actividades, según los procedimientos legalmente establecidos.
Quinta. Visibilidad de las partes. Publicidad y difusión.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de la actividad «Lunes
Clásicos» se destacará la colaboración de la Fundación Albéniz con la UIMP, respetando
cve: BOE-A-2023-10638
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 104