III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2023-10512)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Vilanova i la Geltrú, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60456
partido judicial de Esplugues de Llobregat el 23 de marzo de 2023, del partido judicial de
Donostia/San Sebastián el 17 de abril de 2023, del partido judicial de Vitoria-Gasteiz el 17
de abril de 2023, del partido judicial de Cerdanyola del Vallès el 17 de abril de 2023, del
partido judicial de Mollet del Vallès el 24 de abril de 2023, del partido judicial de Terrassa
el 24 de abril de 2023 y del partido judicial de Barakaldo el 27 de abril de 2023, habiendo
dado comienzo el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en
la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Procede en este momento, en aplicación del plan de estrategia de despliegue previsto
en colaboración con la Generalitat de Cataluña con competencias asumidas, dar el
siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las tareas
preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores, acordar la
entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de Vilanova i la
Geltrú y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido judicial
de Canyelles, Castellet i la Gornal, Cubelles, Olivella, Sant Pere de Ribes y Sitges que han
de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto
en la disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima
de la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la Resolución para
la implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha Ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Vilanova i la Geltrú, que comprende la Oficina General del Registro
Civil de Vilanova i la Geltrú y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Canyelles,
Castellet i la Gornal, Cubelles, Olivella, Sant Pere de Ribes y Sitges, de la aplicación
informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento
del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de
julio, a las 00:00 horas del 15 de mayo de 2023.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el Registro
Civil de Vilanova i la Geltrú pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Vilanova i la Geltrú y los Registros Civiles Municipales Delegados de Canyelles, Castellet i
la Gornal, Cubelles, Olivella, Sant Pere de Ribes y Sitges pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Canyelles, Castellet i la Gornal, Cubelles, Olivella, Sant
Pere de Ribes y Sitges, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición
transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21
de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16
de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública,
por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva
de la aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
cve: BOE-A-2023-10512
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60456
partido judicial de Esplugues de Llobregat el 23 de marzo de 2023, del partido judicial de
Donostia/San Sebastián el 17 de abril de 2023, del partido judicial de Vitoria-Gasteiz el 17
de abril de 2023, del partido judicial de Cerdanyola del Vallès el 17 de abril de 2023, del
partido judicial de Mollet del Vallès el 24 de abril de 2023, del partido judicial de Terrassa
el 24 de abril de 2023 y del partido judicial de Barakaldo el 27 de abril de 2023, habiendo
dado comienzo el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en
la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Procede en este momento, en aplicación del plan de estrategia de despliegue previsto
en colaboración con la Generalitat de Cataluña con competencias asumidas, dar el
siguiente paso en esta puesta en marcha del nuevo modelo y, tras llevar a cabo las tareas
preparatorias y de formación correspondientes en estos meses anteriores, acordar la
entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de Vilanova i la
Geltrú y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido judicial
de Canyelles, Castellet i la Gornal, Cubelles, Olivella, Sant Pere de Ribes y Sitges que han
de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto
en la disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima
de la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la Resolución para
la implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha Ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Vilanova i la Geltrú, que comprende la Oficina General del Registro
Civil de Vilanova i la Geltrú y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Canyelles,
Castellet i la Gornal, Cubelles, Olivella, Sant Pere de Ribes y Sitges, de la aplicación
informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento
del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de
julio, a las 00:00 horas del 15 de mayo de 2023.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el Registro
Civil de Vilanova i la Geltrú pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Vilanova i la Geltrú y los Registros Civiles Municipales Delegados de Canyelles, Castellet i
la Gornal, Cubelles, Olivella, Sant Pere de Ribes y Sitges pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Canyelles, Castellet i la Gornal, Cubelles, Olivella, Sant
Pere de Ribes y Sitges, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición
transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21
de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16
de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública,
por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva
de la aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de
la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
cve: BOE-A-2023-10512
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.