III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-10517)
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Economistas de Ourense.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60480
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
10517
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Economistas de
Ourense.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Economistas de Ourense un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de abril de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Economistas de Ourense, de colaboración en
materia de Gestión Catastral
En Madrid y Ourense, a veinte de abril del año dos mil veintitrés.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
Y, de otra parte, doña María del Carmen Sampayo David, Presidenta del Colegio de
Economistas de Ourense, elegida en el proceso electoral de 2 de marzo de 2023, cuya
representación ostenta al amparo del artículo 29 de los Estatutos del Colegio en virtud de
la Orden de 9 de mayo de 2017 por la que se aprueban los estatutos del Colegio de
Economistas de Ourense (BOG de 26 de mayo de 2017).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es
de competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la
Dirección General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de
colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y
Corporaciones Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
cve: BOE-A-2023-10517
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60480
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
10517
Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Economistas de
Ourense.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Economistas de Ourense un Convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de abril de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y el Colegio Oficial de Economistas de Ourense, de colaboración en
materia de Gestión Catastral
En Madrid y Ourense, a veinte de abril del año dos mil veintitrés.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
Y, de otra parte, doña María del Carmen Sampayo David, Presidenta del Colegio de
Economistas de Ourense, elegida en el proceso electoral de 2 de marzo de 2023, cuya
representación ostenta al amparo del artículo 29 de los Estatutos del Colegio en virtud de
la Orden de 9 de mayo de 2017 por la que se aprueban los estatutos del Colegio de
Economistas de Ourense (BOG de 26 de mayo de 2017).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es
de competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la
Dirección General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de
colaboración que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y
Corporaciones Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
cve: BOE-A-2023-10517
Verificable en https://www.boe.es
Primero.