III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10544)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Posets Solar, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Posets, de 96,24 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en Álora, Pizarra y Casarabonela (Málaga).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60915
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Posets Solar, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Posets, de 96,24 MW
de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en
Álora, Pizarra y Casarabonela (Málaga).
Posets Solar, S.L.U. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 23 de noviembre
de 2020, subsanada posteriormente en fecha 14 de junio de 2022, autorización
administrativa previa de la instalación fotovoltaica FV Posets de 106,97 MW en módulos
fotovoltaicos y 96,24 MW en inversores, y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de
Granada y Málaga de la Subdelegación del Gobierno en Granada, y se tramitó de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Infraestructuras de la Junta de Andalucía, de la Oficina Española de Cambio
Climático, de ADIF y de Telefónica S.A. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Ordenación del Territorio y
Urbanismo de la Junta de Andalucía, donde se muestran condicionantes a la ejecución
de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, el cual manifiesta su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Diputación Provincial de Málaga y de Red
Eléctrica de España, S.A.U. donde se pone de manifiesto una serie de condicionantes.
Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones y argumenta su postura en la
respuesta. No se ha recibido respuesta de los organismos a estas últimas
contestaciones del promotor, por lo que se entiende la conformidad de los mismo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Álora, en la que manifiesta su
oposición al proyecto esencialmente por no solicitar el informe de compatibilidad
urbanística, la falta de regulación normativa en las Normas Subsidiarias para la
implantación de plantas fotovoltaicas, el impacto sobre el paisaje, ignorar los pasillos
eléctricos establecidos por la ordenación del territorio, obviar las necesidades de agua
que requerirá el mantenimiento de la implantación propuesta y los recursos hídricos
disponibles en el término municipal de Álora, la falta de justificación para crear nuevas
subestaciones en el término municipal de Álora. Por su parte, el promotor muestra en su
respuesta su disconformidad a los hechos manifestados por el ayuntamiento de Álora,
mientras que el ayuntamiento de Álora ratifica su posición inicial en su segunda
contestación al promotor.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Casarabonela, en la que manifiesta
su oposición al proyecto esencialmente por las afecciones medioambientales,
cve: BOE-A-2023-10544
Verificable en https://www.boe.es
10544
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60915
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Posets Solar, SL, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Posets, de 96,24 MW
de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en
Álora, Pizarra y Casarabonela (Málaga).
Posets Solar, S.L.U. (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 23 de noviembre
de 2020, subsanada posteriormente en fecha 14 de junio de 2022, autorización
administrativa previa de la instalación fotovoltaica FV Posets de 106,97 MW en módulos
fotovoltaicos y 96,24 MW en inversores, y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de
Granada y Málaga de la Subdelegación del Gobierno en Granada, y se tramitó de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Infraestructuras de la Junta de Andalucía, de la Oficina Española de Cambio
Climático, de ADIF y de Telefónica S.A. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Ordenación del Territorio y
Urbanismo de la Junta de Andalucía, donde se muestran condicionantes a la ejecución
de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, el cual manifiesta su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones de la Diputación Provincial de Málaga y de Red
Eléctrica de España, S.A.U. donde se pone de manifiesto una serie de condicionantes.
Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones y argumenta su postura en la
respuesta. No se ha recibido respuesta de los organismos a estas últimas
contestaciones del promotor, por lo que se entiende la conformidad de los mismo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Álora, en la que manifiesta su
oposición al proyecto esencialmente por no solicitar el informe de compatibilidad
urbanística, la falta de regulación normativa en las Normas Subsidiarias para la
implantación de plantas fotovoltaicas, el impacto sobre el paisaje, ignorar los pasillos
eléctricos establecidos por la ordenación del territorio, obviar las necesidades de agua
que requerirá el mantenimiento de la implantación propuesta y los recursos hídricos
disponibles en el término municipal de Álora, la falta de justificación para crear nuevas
subestaciones en el término municipal de Álora. Por su parte, el promotor muestra en su
respuesta su disconformidad a los hechos manifestados por el ayuntamiento de Álora,
mientras que el ayuntamiento de Álora ratifica su posición inicial en su segunda
contestación al promotor.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Casarabonela, en la que manifiesta
su oposición al proyecto esencialmente por las afecciones medioambientales,
cve: BOE-A-2023-10544
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