III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10324)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Sistemas Fotovoltaico de Levante, SAU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Salinas, de 137,94 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Villena (Alicante).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 59200

tienen carácter patrimonial. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, que
argumenta que el proyecto no invade en ningún caso sus terrenos patrimoniales.
Preguntados la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de
Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la Generalitat
Valenciana; la Diputación Provincial de Alicante; I-DE Redes Eléctricas Inteligentes SAU;
Nedgia Cegás y Ferrocarriles de la Generalitat Valenciana, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 19 de febrero de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» y el 23 de febrero de 2021 en el Boletín Oficial de la
Provincia de Alicante. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Dirección General de Medio Natural y
Evaluación Ambiental, a la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental, a la
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca, a la Dirección General de
Prevención de Incendios Forestales y a la Dirección General de Cambio Climático de la
Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición
Ecológica de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de
la Consellería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana; a la Agencia
Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias de la Generalitat Valenciana; a
la Dirección General de Salud Pública y Adicciones de la Consellería de Sanidad
Universal y Salud Pública de la Generalitat Valenciana; a la Dirección General de Política
Territorial y Paisaje de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad de
la Generalitat Valenciana; a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina
de la Dirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Subdirección General de Política
Forestal de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a SEO/BIRDLIFE; a
WWF/ADENA y a la Asociación Salvatierra para la Conservación y Desarrollo del
Patrimonio Natural y Cultural de Villena.
Posteriormente, el promotor solicitó, con fecha 7 de julio de 2021, modificación de la
línea eléctrica aéreo-subterránea a 132 kV entre la SET Valle 30/132 kV y la SET
Colectora Sax 30/132/400 kV, con cambios en el trazado de dicha línea.
El expediente fue nuevamente incoado en la Dependencia del Área de Industria y
Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, y se tramitó de conformidad con
lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Obras Públicas,
Transporte y Movilidad Sostenible de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas
y Movilidad de la Generalitat Valenciana, de la Diputación de Alicante, de la
Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y de Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), haciendo una serie de observaciones o estableciendo
condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad.

cve: BOE-A-2023-10324
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Núm. 101