III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10322)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Quilla Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Quilla Solar de 63,8 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Nuevo Baztán, Valverde de Alcalá, Arganda del Rey, Campo Real, Loeches y Pozuelo del Rey (Madrid).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 59185

cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Arganda del Rey, del Ayuntamiento
de Loeches y del Ayuntamiento de Nuevo Baztán, donde se pone de manifiesto una serie
de sugerencias en relación con la tramitación de las autorizaciones municipales, el nivel
de ruido generado por las infraestructuras proyectadas y otros impactos
medioambientales y comentarios en materia de ordenación urbanística. Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, y argumenta su postura en las
respuestas. No se ha recibido respuesta de los organismos a esta última contestación
del promotor, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Valverde de Alcalá, en el que
muestra su oposición y detalla una serie de impactos que acarrea el desarrollo del
proyecto en el término municipal. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación,
el cual remite respuesta en donde señala las medidas incluidas en el estudio de impacto
ambiental para evitar los impactos. En la respuesta del Ayuntamiento a esta contestación
por parte del promotor, este pone de manifiesto su desacuerdo. Respecto a las
consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, han sido objeto de
consideración en el trámite de evaluación de impacto ambiental del proyecto y las
condiciones y medidas adicionales que resulten de la declaración de impacto ambiental.
Se ha recibido informe de Naturgy, donde muestra su oposición y pone de manifiesto
que tienen una serie de plantas fotovoltaicas en tramitación en la Comunidad de Madrid
que resultan afectadas por los proyectos, entre ellos el que comprende este expediente,
y que se engloban en el acuerdo de promotores que vierten en los nudos Loeches,
Anchuelo, Ardoz y San Fernando. Los dos proyectos que promueve Naturgy se
denominan El Plato y La Yegua, que evacúan en la SET Loeches 125 kV, propiedad de
Naturgy. Entre las infraestructuras de evacuación que tienen afecciones, en el ámbito de
este expediente se incluyen la LAAT 220kV SET Piñón a SET Nimbo y la LAAT 400KV
SET Nimbo a SET Loeches. Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta su
intención de llegar a un acuerdo con Naturgy para compatibilizar las infraestructuras.
Se ha recibido informe de Red Eléctrica de España, S.A. donde se recogen que
varios cruces y paralelismos no son reglamentarios. Se ha dado traslado al promotor,
que aporta la documentación requerida para su estudio, y defiende la situación por la
que se producen dichos cruzamientos y paralelismos justificando que son técnicamente
viables y no incumplen las ITC-LAT. El promotor manifiesta que, una vez obtenidas las
autorizaciones preceptivas, realizará las modificaciones y retranqueos que sean
necesarios para dar conformidad a lo establecido por Red Eléctrica de España, SA.
Preguntados la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Administración Local y Ordenación del Territorio de la Comunidad
de Madrid, el Ayuntamiento de Campo Real, el Ayuntamiento de Pozuelo del Rey, la
Diputación Provincial de Madrid y Unión Fenosa Distribución, S.A., no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 15 de octubre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» y con fecha 19 de octubre de 2021 en el «Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por
el promotor.
Entre las alegaciones recibidas, las presentadas por Clancor SA, Junta de
Compensación Sector 4 Valdepozuelo y Valdemera Agropecuaria SL, hacen mención a
unas afecciones de la línea de evacuación. Se da traslado al promotor de dichas
alegaciones, el cual expresa la voluntad de llegar a un acuerdo con los afectados para

cve: BOE-A-2023-10322
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 101