III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10318)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Gallocanta Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Gallocanta Solar de 91,2 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Loeches (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 59153

la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de
la Comunidad de Madrid en las que se recogen condicionados a las actuaciones a llevar
a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el
cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Loeches, en el que detalla una serie de
impactos que acarrea el desarrollo del proyecto en el término municipal. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, y remite respuesta en donde se detalla las
medidas incluidas en el EsIA para evitar los impactos y argumentación a los distintos
problemas detectados por el Ayuntamiento. Una vez traslada esta respuesta al
organismo, no se recibe respuesta, por lo que se entiende la conformidad del mismo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Se ha recibido informe de Unión Fenosa (UFD Distribución Eléctrica), en el que
manifiesta que el proyecto no justifica el cumplimiento de las distancias reglamentarias
RD223/2008, y expresa la no conformidad a la ejecución de las obras a las que se refiere
el presente expediente. Se ha dado traslado al promotor de esta contestación, el cual
remite documentación técnica ya aportada, para atender a lo indicado en el informe
remitido, y su compromiso, previo al inicio de construcción, de remitir al organismo el
proyecto de ejecución de obra, elaborado conforme a la normativa vigente, dando
conformidad a las condiciones técnicas de UFD. Una vez traslada esta respuesta al
organismo, no se recibe respuesta, por lo que se entiende la conformidad del mismo en
virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
No se ha recibido contestación de la Dirección General de Urbanismo, de la
Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio de la
Comunidad de Madrid, del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, del Ayuntamiento de
Campo Real, de Red Eléctrica de España, de la Subdirección General de Minas y
Concesiones Mineras de la Dirección General de Política Energética y Minas del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de Enagás, ni de la
Subdirección General de Política Agraria y Desarrollo Rural de la Dirección General de
Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid, por lo que se entiende la conformidad de los
mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 3 de noviembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» y con fecha 10 de noviembre de 2021 en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el
promotor.
Se ha recibido alegaciones de Envatios Promocion XIX, S.L., en la que manifiesta
que promueve la construcción de la planta fotovoltaica Los Pradillos y la línea de
evacuación Promotores Fuencarral, encargada de evacuar la energía generada en la
planta fotovoltaica hasta la subestación 400 KV Fuencarral propiedad de REE. Dicha
línea de evacuación genera afecciones a los parques fotovoltaicos Sanabria Solar,
Gallocanta Solar y Varadero Solar. Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta su
intención de llegar a un acuerdo para compatibilizar las infraestructuras.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Oficina Española de
Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico,
Ministero para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Subdirección General de
Residuos y Calidad Hídrica de la Dirección General de Economía Circular de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de

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