I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-10215)
Orden UNI/419/2023, de 17 de abril, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de abril de 2023
E.

Sec. I. Pág. 58529

Arte y Humanidades

E20.

Historia, Filosofía y Arte

010.
033.
085.
375.
430.
435.
445.
450.
455.
460.
475.
485.
490.
585.
695.
185.
260.
270.
465.
635.
690.

Análisis Geográfico Regional.
Arqueología.
Ciencias y Técnicas Historiográficas.
Filosofía.
Geografía Física.
Geografía Humana.
Historia Antigua.
Historia Contemporánea.
Historia de América.
Historia de la Ciencia.
Historia del Pensamiento y de los Movimientos Sociales y Políticos.
Historia Medieval.
Historia Moderna.
Lógica y Filosofía de la Ciencia.
Prehistoria.
Dibujo.
Escultura.
Estética y Teoría de las Artes.
Historia del Arte.
Música.
Pintura.

E21.

Filología y Lingüística

285.
568.
290.
320.
325.
327.
335.
340.
345.
350.
355.
360.
365.
370.
567.
575.
580.
583.
796.
814.

Estudios Árabes e Islámicos.
Estudios de Asia Oriental.
Estudios Hebreos y Arameos.
Filología Alemana.
Filología Catalana.
Filología Eslava.
Filología Francesa.
Filología Griega.
Filología Inglesa.
Filología Italiana.
Filología Latina.
Filología Románica.
Filología Vasca.
Filología Gallega y Portuguesa.
Lengua Española.
Lingüística General.
Lingüística Indoeuropea.
Literatura Española.
Teoría de la Literatura y Literatura Comparada.
Traducción e Interpretación».

Disposición transitoria única. Eficacia de la sustitución del anexo I.
1. La organización de las comisiones de acreditación que figura en el nuevo anexo I
será eficaz el mismo día en que se publique en el «Boletín Oficial del Estado» el
nombramiento de los nuevos vocales y la designación y nombramiento de los
presidentes y secretarios de cada una de las nuevas comisiones.
Dichos nombramientos serán eficaces de conformidad con lo establecido en el
artículo 7 del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.

cve: BOE-A-2023-10215
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 101