III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-10296)
Orden TED/430/2023, de 27 de abril, por la que se delega y aprueba la delegación de competencias en la Abogacía General del Estado, de la gestión administrativa, contable, presupuestaria y financiera de los gastos y las contrataciones que sean precisos para la defensa de los intereses del Reino de España en los arbitrajes internacionales referidos a materias relacionadas con las energías renovables, la eficiencia energética y la transición ecológica, así como en los procedimientos judiciales o extrajudiciales en el extranjero vinculados a este tipo de materias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Viernes 28 de abril de 2023

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la transición ecológica, así como en los procedimientos judiciales o extrajudiciales en el
extranjero vinculados a este tipo de materias:
a) La competencia para la autorización de las indemnizaciones por razón del
servicio a abonar al personal al servicio de la Administración General del Estado como
consecuencia de la llevanza de los procedimientos arbitrales, judiciales y extrajudiciales
a los que se refiere esta delegación de competencias.
b) La competencia para acordar la aprobación, compromiso, reconocimiento de la
obligación y propuesta de pago a las instituciones arbitrales y a los árbitros, de las
cantidades que les fueran debidas en concepto de honorarios, gastos administrativos de
la institución arbitral, tasas o cualesquiera otros.
c) La competencia para acordar la aprobación, compromiso, reconocimiento de la
obligación y propuesta de pago de cualquier otro gasto que fuera preciso para la correcta
llevanza de los procedimientos arbitrales, judiciales y extrajudiciales a los que se refiere
esta delegación de competencias.
d) La competencia para autorizar el gasto y el pago con cargo a los anticipos de
caja fija y libramientos a justificar, de los gastos precisos para llevar a cabo los
procedimientos arbitrales, judiciales y extrajudiciales a los que se refiere esta delegación
de competencias, así como la autorización de la reposición de fondos e imputación al
presupuesto de los gastos realizados, siempre dentro del límite de consignación
presupuestaria específica que en cada momento se señale.
Segundo. Aprobación de la delegación de competencias de la persona titular de la
Secretaría de Estado de Energía.
Se aprueba la delegación que efectúa la persona titular de la Secretaría de Estado
de Energía, en la persona titular de la Dirección Adjunta de Medios Personales y
Materiales de la Abogacía General del Estado de la competencia para la celebración de
los contratos, encargos, encomiendas de gestión o convenios que fueran precisos para
la defensa de los intereses del Reino de España en los arbitrajes internacionales
referidos a materias relacionadas con las energías renovables, la eficiencia energética y
la transición ecológica, así como en los procedimientos judiciales o extrajudiciales en el
extranjero vinculados a este tipo de materias.
Tercero. No sometimiento de las delegaciones a límite de importe de gasto.
Las delegaciones previstas en los apartados primero y segundo anteriores, no están
sometidas a límite alguno en razón del importe de los gastos.
Cuarto. Disposición interpretativa.
Las delegaciones de competencias efectuadas por los distintos órganos superiores y
directivos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico mediante la
Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, de delegación de competencias y sus
modificaciones posteriores, continuarán siendo válidas y eficaces respecto de aquellas
materias que no sean objeto de esta Orden.
Eficacia.

Esta Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 27 de abril de 2023.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.

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Quinto.