V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-12479)
Extracto de la Orden Ministerial de 26 de abril de 2023 por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del Eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU para el periodo de elegibilidad 2023-2024.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Viernes 28 de abril de 2023

Sec. V-B. Pág. 19597

2022, de 30 de mayo.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder para la segunda
convocatoria será inicialmente de 20.000.000 de euros, sin perjuicio de la
posibilidad de ampliar la cuantía en función de los créditos disponibles, sin
necesidad de una nueva convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo
62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
La convocatoria se aprueba por el sistema de tramitación anticipada con cargo
al ejercicio presupuestario 2024. De acuerdo con la Regla 43 de la Instrucción de
Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración
General del Estado, la concesión de la subvención quedará sometida a la
condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar
las obligaciones derivadas de la concesión en el ejercicio correspondiente.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de abril hasta
el 30 de junio de 2024.
Sexto. Otros datos
La solicitud deberá cumplimentarse a través de la sede electrónica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana utilizando los formularios y
modelos específicos de documentos establecidos, que estarán disponibles para su
descarga en la misma.
La actividad subvencionable será el transporte internacional de mercancías por
carretera mediante la utilización de unidades elegibles que se realice total o
parcialmente por vía marítima entre puertos situados en el territorio de los Estados
miembros de la Unión Europea, en cualquiera de los servicios elegibles
establecidos en el anexo II de la convocatoria, y conforme a lo establecido en el
artículo 5 de las bases reguladoras.
El período de elegibilidad de las actividades subvencionables será desde el día
siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado hasta el 31 de marzo de 2024.
El pago de la subvención se llevará a cabo posteriormente al devengo de la
misma, en el ejercicio presupuestario en el que se haya realizado la solicitud.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de 6 meses
contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.

Contra esta orden de aprobación de la convocatoria, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el
plazo de un mes, ante la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en

cve: BOE-B-2023-12479
Verificable en https://www.boe.es

Séptimo. Recursos.