III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-10196)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General de Organización e Inspección, por la que se publica la tercera Adenda del Convenio con los organismos autónomos Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas y Centro Nacional de Información Geográfica, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, para la cofinanciación de los gastos a cargo de la administración del Centro de Educación Infantil del Departamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 27 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58428
julio de 2018), y Presidente del Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), en
virtud de lo establecido en el artículo 7 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real
Decreto 310/2021, de 4 de mayo (BOE de 21 de mayo de 2021).
Doña Montserrat Mestres Domenech, Directora de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea (AESA), según nombramiento conferido por Resolución de 6 de mayo de 2022 de
la Presidencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (BOE de 13 de mayo de 2022),
en virtud de lo dispuesto en los artículos 15.b) y 17.f) del Estatuto de la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, BOE de 14
de febrero de 2008.
Don Pedro M. Lekuona García, Director de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria (AESF), cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consejo Rector de
la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, de 5 de octubre de 2017, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 24.2 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria,
aprobado por Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre (BOE de 23 diciembre).
Todos ellos reconociéndose la capacidad legal y competencia necesaria para
formalizar la presente adenda,
EXPONEN
Con fecha 9 de julio de 2020, se suscribió el Convenio para la cofinanciación de los
gastos, a cargo de la Administración, del Centro de Educación Infantil del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), entre dicho Departamento, los
organismos autónomos Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
(CEDEX) y Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF).
El objeto del citado convenio es instrumentar la colaboración y regular la financiación
conjunta de los gastos del Centro de Educación Infantil (CEI) que corren a cargo del
MITMA y de sus organismos autónomos y agencias dependientes, con excepción de los
gastos de personal, que asume íntegramente el Ministerio.
El CEI contribuye a favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, al
permitir a los empleados públicos contar con un centro de estas características en su
propio lugar de trabajo, y con la consecución de un interés público, y social, como es la
escolarización de los menores en sus primeros años, tal y como recoge la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
La cláusula decimosegunda del citado convenio establece el procedimiento para su
actualización anual, a través de la aprobación de la correspondiente adenda, indicando
los datos que se deberán actualizar anualmente.
En aplicación de lo anterior, se procede a la actualización del número de plazas
ocupadas por hijos de empleados públicos pertenecientes a cada una de las partes
firmantes del convenio; peso porcentual que las mismas representan en el total de
plazas; gasto total acometido en el ejercicio 2022 y la distribución de su cuantía entre las
partes que firman el convenio conforme al porcentaje de plazas ocupadas.
En consecuencia, al ser voluntad de las partes que suscribieron el citado convenio,
continuar con la colaboración que permita su adecuada participación en los gastos
actuales y de futuro derivados de la conservación, mejora, las obras, servicios,
suministros y otros necesarios para el buen funcionamiento del Centro de Educación
Infantil, y reconociéndose las partes plena capacidad para la realización de lo acordado,
el MITMA, los organismos autónomos CEDEX y CNIG, la AESA y la AESF.
cve: BOE-A-2023-10196
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 100
Jueves 27 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58428
julio de 2018), y Presidente del Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), en
virtud de lo establecido en el artículo 7 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real
Decreto 310/2021, de 4 de mayo (BOE de 21 de mayo de 2021).
Doña Montserrat Mestres Domenech, Directora de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea (AESA), según nombramiento conferido por Resolución de 6 de mayo de 2022 de
la Presidencia de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (BOE de 13 de mayo de 2022),
en virtud de lo dispuesto en los artículos 15.b) y 17.f) del Estatuto de la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, BOE de 14
de febrero de 2008.
Don Pedro M. Lekuona García, Director de la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria (AESF), cargo para el que fue nombrado por Acuerdo del Consejo Rector de
la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, de 5 de octubre de 2017, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 24.2 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria,
aprobado por Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre (BOE de 23 diciembre).
Todos ellos reconociéndose la capacidad legal y competencia necesaria para
formalizar la presente adenda,
EXPONEN
Con fecha 9 de julio de 2020, se suscribió el Convenio para la cofinanciación de los
gastos, a cargo de la Administración, del Centro de Educación Infantil del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), entre dicho Departamento, los
organismos autónomos Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas
(CEDEX) y Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (AESA) y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF).
El objeto del citado convenio es instrumentar la colaboración y regular la financiación
conjunta de los gastos del Centro de Educación Infantil (CEI) que corren a cargo del
MITMA y de sus organismos autónomos y agencias dependientes, con excepción de los
gastos de personal, que asume íntegramente el Ministerio.
El CEI contribuye a favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, al
permitir a los empleados públicos contar con un centro de estas características en su
propio lugar de trabajo, y con la consecución de un interés público, y social, como es la
escolarización de los menores en sus primeros años, tal y como recoge la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
La cláusula decimosegunda del citado convenio establece el procedimiento para su
actualización anual, a través de la aprobación de la correspondiente adenda, indicando
los datos que se deberán actualizar anualmente.
En aplicación de lo anterior, se procede a la actualización del número de plazas
ocupadas por hijos de empleados públicos pertenecientes a cada una de las partes
firmantes del convenio; peso porcentual que las mismas representan en el total de
plazas; gasto total acometido en el ejercicio 2022 y la distribución de su cuantía entre las
partes que firman el convenio conforme al porcentaje de plazas ocupadas.
En consecuencia, al ser voluntad de las partes que suscribieron el citado convenio,
continuar con la colaboración que permita su adecuada participación en los gastos
actuales y de futuro derivados de la conservación, mejora, las obras, servicios,
suministros y otros necesarios para el buen funcionamiento del Centro de Educación
Infantil, y reconociéndose las partes plena capacidad para la realización de lo acordado,
el MITMA, los organismos autónomos CEDEX y CNIG, la AESA y la AESF.
cve: BOE-A-2023-10196
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 100