I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Centros docentes. Admisión de alumnos. (BOE-A-2023-10131)
Orden EFP/414/2023, de 26 de abril, por la que se modifica la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos en los centros públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Jueves 27 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 58235

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden EFP/414/2023, de 26 de abril, por la que se modifica la Orden
ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos
en los centros públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo
de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y
bachillerato en las ciudades de Ceuta y Melilla.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley
Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece en su artículo 84.1 que las
administraciones educativas regularán la admisión de alumnos y alumnas en centros
públicos y privados concertados de tal forma que garantice el derecho a la educación, el
acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres,
madres o tutores legales. En dicha regulación se dispondrán las medidas necesarias
para evitar la segregación del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra
naturaleza. En todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución entre
los centros escolares del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
El Real Decreto 1635/2009, de 30 de octubre, por el que se regulan la admisión de
los alumnos en centros públicos y privados concertados, los requisitos que han de
cumplir los centros que impartan el primer ciclo de la educación infantil y la atención al
alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en el ámbito de gestión del
Ministerio de Educación, establece los principios generales y los requisitos a que debe
someterse el proceso de admisión de alumnos en centros públicos y privados
concertados. En su disposición final primera autoriza al Ministerio de Educación, actual
Ministerio de Educación y Formación Profesional, al desarrollo de los mismos, de
acuerdo con el capítulo III, sobre la escolarización en centros públicos y privados
concertados, del título II, Equidad en la Educación, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3
mayo.
La Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, por la que se regula la admisión de alumnos
en los centros públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de
Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
en las Ciudades de Ceuta y Melilla, recoge en su artículo 7 la composición y
funcionamiento de la Comisión de Garantía de Admisión que han de constituirse en las
Ciudades de Ceuta y Melilla. El citado artículo indica que la Presidencia de la Comisión
de Garantía de Admisión recaerá en el Director Provincial, o persona en quien delegue.
Se ha puesto de manifiesto, a raíz de la sentencia número 005/23, de 26 de enero,
del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Melilla, la irregularidad en que
se incurre en la Orden ECD/724/2015, de 22 de abril, al establecer que los acuerdos y
decisiones de la Comisión de Garantía de Admisión podrán ser objeto de recurso de
alzada ante la persona titular de la Dirección Provincial de Educación, mismo órgano al
que, como se ha señalado, se atribuye la Presidencia de la Comisión, con el resultado de
que el órgano que resuelve el recurso es el mismo que dicta el acto, en lugar del superior
jerárquico. En consecuencia, procede la modificación urgente de la orden en este punto.
Teniendo en cuenta lo anterior y para garantizar los derechos e intereses legítimos
de los solicitantes en los procesos de admisión del alumnado en centros docentes
públicos y privados concertados que imparten el segundo ciclo de Educación Infantil,
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en las Ciudades de

cve: BOE-A-2023-10131
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