III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-10116)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León, para la cesión del uso de la aplicación SERPA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Miércoles 26 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 58127

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
10116

Resolución de 19 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León, para la cesión del
uso de la aplicación SERPA.

Suscrito el Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Consejería
de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León para la cesión del uso de
la aplicación SERPA, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como
Anexo de esta Resolución.
Madrid, 19 de abril de 2023.–La Secretaria General Técnica, Consolación Rodríguez
Alba.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Consejería
de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León
para la cesión del uso de la aplicación SERPA
Madrid, a 13 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, doña Yolanda Díaz Pérez, en su condición de Vicepresidenta Segunda
del Gobierno nombrada por el Real Decreto 523/2021 de 10 de julio, y Ministra de
Trabajo y Economía Social, nombrada por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, y en
uso de sus atribuciones conferidas en virtud del artículo 61, K) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, don Mariano Veganzones Díez, como Consejero de Industria, Comercio y
Empleo de la Junta de Castilla y León, nombrado mediante Acuerdo 6/2022, de 19 de
abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León en virtud de la atribución establecida
en el artículo 26. 1.l) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad de Castilla y León.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad para obligarse y convenir

1. El Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento
de los Servicios de Prevención, desarrollo reglamentario de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, estableció los requisitos y funciones de
las entidades especializadas para poder actuar como servicios de prevención ajenos, así
como el sistema de acreditación y mantenimiento de las condiciones de acreditación de
dichos servicios.
Posteriormente fue modificado por el Real Decreto 337/2010, de 19 de marzo, con el
objetivo de mejorar la calidad y eficacia de los sistemas de prevención de riesgos
laborales, especialmente de las entidades que actúan como servicios de prevención
como medio decisivo para aumentar los niveles de seguridad y salud de los trabajadores.

cve: BOE-A-2023-10116
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